
Daniel Cifuentes y Fernando Ruiz, socios de Laboral del Despacho, abrieron la sesión con un repaso a las principales sentencias dictadas en los últimos meses. Entre otras, se centraron en la reciente de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo en la que se aclara definitivamente, revocando el criterio establecido en su sentencia de 29 de septiembre de 2014 que tantas dudas generó, cómo debe computarse la indemnización por despido improcedente cuando se supere el máximo de dos años de salario establecido por la reforma laboral de 2012.
A continuación tomaron la palabra María Eugenia de la Cera, abogada del área de Laboral de Pérez-Llorca, y Javier García Marrero, Counsel de Litigación y Arbitraje y juez de lo Mercantil en excedencia, quienes analizaron la nueva Directiva europea sobre secretos profesionales, aprobada en primera lectura el pasado 14 de abril.
De la Cera, después de exponer brevemente el devenir de la directiva en los organismos europeos, analizó su contenido, haciendo especial hincapié en la definición de secreto comercial que contiene, remarcando que aquella información que no sea adecuadamente protegida por las empresas podría no considerarse incluida en dicha definición. Por ello, de la Cera insistió en la importancia de adoptar medidas encaminadas a proteger los secretos comerciales de la empresa y describió alguna de ellas, como establecer y revisar regularmente las políticas internas sobre esta materia, incluir cláusulas de confidencialidad en los contratos de trabajadores, administradores o contratistas o establecer medidas físicas e informáticas para impedir el acceso no deseado a la información confidencial.
Javier García Marrero analizó qué impacto va a tener la directiva en el ordenamiento español. García Marrero revisó los posibles cambios que su aprobación podría producir en la legislación española y resumió, desde una perspectiva empresarial, los puntos positivos y negativos que introduce la norma. La aprobación del texto actual de la directiva generaría una mayor sensibilización y concienciación de trabajadores y empresas sobre la importancia de esta materia, obligaría a implantar medidas, procedimientos y recursos judiciales específicos, ampliaría los plazos de prescripción hasta los 6 años y permitiría establecer medidas específicas para preservar la confidencialidad durante el proceso judicial.
Por el contrario, García Marrero destacó que la directiva no limita el uso de la información que no cumpla los requisitos establecidos por esta para poder ser considerada "secreto comercial", no permite limitar el acceso a los secretos comerciales de los representantes de los trabajadores cuando de sus derechos de información y consulta resultase que pueden acceder a dicha información, y limita las posibles reclamaciones de daños y perjuicios a los trabajadores cuando estos no hayan actuado de forma intencionada.

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