Con esta modificación el Gobierno busca reincorporar al Programa de Activación para el Empleo a aquellas personas que habían causado baja temporal por alguno de los motivos ya recogidos en el Real Decreto-ley 16/2014 (colocación por cuenta propia o ajena, pérdida del requisito de rentas o responsabilidades familiares) y que habían perdido la posibilidad de volver a formar parte del Programa tras la finalización del plazo de admisión producida el 30 de abril de 2018.
Además, estas personas afectadas tampoco podían beneficiarse del subsidio extraordinario de desempleo que "sustituía temporalmente los programas de activación para el empleo y de recualificación profesional de los desempleados que hayan agotado su prestación".
De esta manera, se pretende frenar la desprotección de estas personas participantes en el Programa e "incrementar las oportunidades de retorno al mercado de trabajo".