CONSULTA

Posibilidad de renunciar como administrador antes de la declaración de quiebra

Noticia

¿Es posible la renuncia de dos consejeros del consejo de administración de una mercantil si dicha mercantil va a a presentar concurso de acreedores?(...)(más)

noticias_elderecho

¿Es posible la renuncia de dos consejeros del consejo de administración de una mercantil si dicha mercantil va a a presentar concurso de acreedores? La renuncia no influye en el buen funcionamiento del consejo ya que el resto de consejeros alcanzan el quorum necesario.

Respuesta:

A nuestro criterio no es un supuesto que no permita la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal -EDL 2003/29207- y, por tanto, podrían renunciar alguno de los consejeros del consejo de administración en las condiciones descritas en la consulta (artículos 1, 2 y 3 LC).

Debe tenerse en cuenta que la responsabilidad de los administradores en el caso de que el concurso se califique como culpable afecta a quienes hubieran tenido esta condición dentro de los dos años anteriores a la fecha de declaración de concurso (artículo 164 LC -EDL 2003/29207-).

Durante la tramitación del concurso, se mantienen los órganos de la persona jurídica deudora, sin perjuicio de los efectos que sobre su funcionamiento produzca la intervención o suspensión de sus facultades de administración y disposición (artículo 48 LC -EDL 2003/29207-) y, declarado el concurso corresponderá exclusivamente a la administración concursal el ejercicio de las acciones de responsabilidad de la persona jurídica concursada contra sus administradores, auditores o liquidadores.

Servicio de consultoría asociado a la obra El Derecho Mercantil. Más información haciendo clic aquí.