Una vez elegidos los diputados, estos deben cumplir una serie de pasos, definidos en la Constitución, la Ley Orgánica del Régimen Electoral General y el Reglamento de la Cámara. En concreto, la presentación en la Secretaría General de la credencia expedida por las juntas electorales provinciales y la cumplimentación de su declaración de actividades, en los términos previstos en la LOREG, debe realizarse en el plazo que arranca el próximo 31 de julio y hasta el 16 de agosto.
Y para la adquisición de la condición plena de diputado, deberán prestar juramento o promesa de acatamiento de la Constitución, durante la sesión constitutiva que se celebrará el próximo 17 de agosto.
En dicha sesión plenaria, la primera de la legislatura, los diputados eligen a los miembros de la Mesa del Congreso, el órgano rector y de representación colegiada de la Cámara, que se compone de un presidente, cuatro vicepresidentes y cuatro secretarios.