Además de la pena a prisión, el conductor deberá indemnizar a la empresa de transporte de mercancías para la que trabajaba con 6.560 euros.
El tribunal considera probado que desde octubre de 2019 a febrero de 2020 la empresa observó un consumo injustificado de carburante en los camiones conducidos por el acusado. Ello motivó que la empresa denunciara a la Guardia Civil estos desajustes que posteriormente fueron corroborados tras la contratación de un detective y provocaron el despido disciplinario del conductor.
Las magistradas acreditan en sus fundamentos jurídicos que queda acreditado que el camionero realizó dos extracciones de gasoil del depósito cuando el vehículo estaba parado y sin autorización de la empresa, “claro indicio de que las extracciones realizadas anteriormente de forma continuada también fueron realizadas por él”, señalan. Asimismo, se considera probado que tales acciones ocasionaron un perjuicio económico a la empresa. “Se confirma que nos encontramos ante un delito continuado de apropiación indebida habiendo sido adecuadamente aplicado el art. 253.1 del CP y el art. 74, por lo que no hay error en la valoración de la prueba realizada por la juez a quo”, expresan.
AP de Guadalajara. Sección nº 1. Sentencia nº 154/2023 de 28 de julio de 2023.