El texto traspone una Directiva europea -aprobada bajo la presidencia española de la UE- que prevé, entre otras medidas, embargos, decomisos o restricciones de las importaciones y exportaciones. Supone, fundamentalmente, una reforma del Código Penal, incorporando un nuevo Título, dedicado a los "Delitos contra el espacio de libertad, seguridad y justicia de la Unión Europea", para tipificar como delito el incumplimiento de las medidas restrictivas de la UE. En aplicación de la Directiva, se excluyen las actividades de entrega de bienes y de prestación de servicios por razones humanitarias.
Asimismo, establece la modificación del artículo 127 del Código para hacer aplicable el decomiso a los delitos por vulneración de las medidas restrictivas de la UE. Será la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional quien ostente la competencia para conocer del enjuiciamiento de estos delitos.
Además, el Proyecto crea una comisión mixta de coordinación de las autoridades nacionales implicadas en la aplicación de medidas -policiales, judiciales y administrativas-, que estará adscrita al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
