Asimismo, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 también confirma la totalidad de las medidas adoptadas en el municipio el pasado 25 de agosto por resolución del Delegado Provincial de Sanidad en Ciudad Real.
Esta medida de aislamiento domiciliario obligatorio fue resuelta por la autoridad sanitaria, con fecha 25 de agosto y ya vigente desde ese día, al constatar que se estaba incumpliendo el aislamiento domiciliario después de las pruebas con resultado positivo.
El auto de ratificación de medidas sanitarias urgentes se ha dictado tras recabar informe del Ministerio Fiscal, que ha sido favorable a la ratificación, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) en un comunicado.
La resolución judicial recoge en su fundamentación jurídica normativa estatal que justifica la decisión de la Delegación Provincial de Sanidad en Ciudad Real, entre ella la Ley General de Sanidad 14/1986, de 25 de abril y la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, sobre Medidas Especiales en Materia de Salud Pública.
La medida, que ahora se ha ratificado, persigue un fin constitucionalmente legítimo, esto es, la defensa de la salud pública, la integridad física y la salud de la población en general, todo ello a la vista de las indicaciones médicas de confinamiento en el domicilio, total y absoluto, de los afectados durante 14 días, lo que permite evitar el contacto y propagación del virus.
Dicha medida temporal de 14 días podrá ser prorrogable, y en caso de que se adopte prolongarla necesitará de una nueva ratificación judicial.
El aislamiento domiciliario obligatorio para las 50 personas, ahora ratificado, lo es para un plazo de 14 días a contar desde el día de realización de la prueba PCR. El auto ha sido notificado al Ministerio Fiscal y a la Delegación Provincial de Sanidad en Ciudad Real. Se ha requerido a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para que realicen la notificación personal urgente del Auto a todos los afectados.
También se ha remitido oficio al puesto de la Guardia Civil de Bolaños de Calatrava para la vigilancia y cumplimiento del aislamiento domiciliario obligatorio acordado.
Medidas ratificadas
Entre las medidas ratificadas judicialmente se incluyen no permitir salidas de residentes de centros socio-sanitarios salvo razones de fuerza mayor (salidas para asistencia sanitaria, o deber "inexcusable" de carácter público) y el cierre cautelar de parques y jardines, con el objetivo de evitar cualquier aglomeración de personas que pueda suponer un riesgo para la transmisión del virus.
Medidas propuestas por la autoridad sanitaria que sí cumplen en esta ocasión los "requisitos mínimos de proporcionalidad" y concreción (no era así en las resoluciones administrativas de Alcázar de San Juan, Campo de Criptana y Membrilla).
En ese sentido, el juez en funciones de sustitución del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Ciudad Real (y a su vez Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Ciudad Real) destaca el "esfuerzo de proporcionalidad" en conjunción con los derechos fundamentales (y ya no discrecionalidad) en las medidas propuestas por la Delegación Provincial de Sanidad en Ciudad Real.
Las medidas ratificadas judicialmente son para un plazo inicial de 14 días y a expensas de la evolución de la situación epidemiológica en Bolaños de Calatrava. Dicha ratificación se produce por haber constancia clara de la existencia de transmisión comunitaria en la localidad.
El auto ha sido notificado al Ministerio Fiscal, a la Delegación Provincial de Sanidad en Ciudad Real, al Ayuntamiento de Bolaños de Calatrava, a la Subdelegacion del Gobierno en Ciudad Real y a la Policía Local de Bolaños de Calatrava.