El texto alternativo del Grupo VOX ha quedado rechazado con 33 votos a favor y 309 en contra. El presentado por el Grupo Popular, que se sometió a votación pública por llamamiento, también fue rechazado al recibir 171 votos a favor y 178 en contra.
El texto que continúa su tramitación, propuesto por el Grupo Socialista, se estructura en 16 artículos -agrupados en tres títulos-, dos disposiciones adicionales y una disposición final. Su Título I recoge el ámbito objetivo, que consiste en amnistiar los "actos determinantes de responsabilidad penal, administrativa o contable, ejecutados en el marco de las consultas celebradas en Cataluña el 9 de noviembre de 2014 y el 1 de octubre de 2017, de su preparación o de sus consecuencias, siempre que hubieren sido realizados entre los días 1 de enero de 2012 y 13 de noviembre de 2013". También quedan amnistiadas otras acciones, desarrolladas en el mismo artículo, "que fueran cometidas entre las fechas mencionadas, aunque no se encuentren directamente relacionadas con estas consultas o incluso hayan sido realizadas con posterioridad a su respectiva celebración".
Textos alternativos
La primera enmienda de totalidad que se ha debatido durante el Pleno ha sido la de VOX, que exponía en su texto alternativo que "el orden constitucional debe dotarse de medios que, con toda firmeza, aseguren la subsistencia de la base social y moral que le sirve de fundamento".
Así, el texto "propone que el Código Penal prevea, con el carácter expreso que exige la legislación criminal, la acción de negociar con personas condenadas judicialmente, o procesadas o sustraídas a la acción de la Justicia por alguno de los delitos sancionados en los títulos XXI, XXII o XXIII del Libro II del Código Penal". Además, incluye "límites a la actividad de los partidos políticos el respeto a la unidad y la soberanía de España, así como no atentar contra su integridad territorial".
Por su parte, el Grupo Popular justifica su enmienda en que la Proposición "constituye una enmienda a la totalidad del Poder Judicial, convirtiéndose en la punta de lanza de la continua amenaza a la independencia de dicho Poder".
El texto proponía modificar la Ley Orgánica 10/1995 del Código Penal, creando un nuevo capítulo bajo el rótulo "Deslealtad Constitucional", que castigaría "con penas de prisión de cinco a diez años e inhabilitación absoluta por tiempo de seis a doce años la autoridad o funcionario público" que "declare la independencia de una parte del territorio nacional o su integración en otro Estado o realice actos dirigidos a que sea efectuada dicha declaración". El proponente incluye en el artículo 547 de dicha ley que cuando "una persona jurídica sea responsable de cualquiera de los delitos establecidos en este Capítulo se le impondrá la pena de disolución".
Tras ser rechazados ambos textos, la Proposición de Ley presentada por el Grupo Socialista continúa su tramitación en ponencia, comisión y Pleno.