
Trascendencia y finalidad
La presente Ley Orgánica modifica el Estatuto de Autonomía en consonancia con los esfuerzos que se están solicitando a todos los castellano-manchegos, permitiendo así que las Cortes de Castilla-La Mancha puedan profundizar aún más en el esfuerzo que están realizando reduciendo, en aras de un mayor equilibrio entre la austeridad y la adecuada representatividad, el número de diputados a elegir a la Cámara legislativa de la región.
Por tanto, se procede a la eliminación de las actuales previsiones estatutarias y aprobar las que se contienen en esta proposición de ley para permitir al legislador autonómico adecuar la legislación electoral autonómica y reducir de manera significativa el número de diputados que integran las Cortes de Castilla-La Mancha.
Ámbito material
Se modifica el párrafo segundo del apartado segundo del art. 10 del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha en el sentido de cambiar el número de Diputados de sus Cortes, hasta ahora constituidas por un mínimo de 47 Diputados y un máximo de 59, que pasa a un mínimo de 25 Diputados y un máximo de 35.
También elimina la asignación de Diputados a cada provincia.
Vigencia
La presente norma ha entrado en vigor el 23 de mayo de 2014.

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