En concreto, establece que "tanto durante la fase de identificación de las víctimas, como durante el período de restablecimiento y reflexión, no se incoará un expediente sancionador" por estancia irregular en España y "se suspenderá el expediente administrativo sancionador que se le hubiere incoado o, en su caso, la ejecución de la expulsión o devolución eventualmente acordadas".
Asimismo, introducen un cambio para ampliar la protección de las autoridades a "los hijos menores de edad o con discapacidad" de la víctima, que se encuentren en España en el momento de la identificación y hacer "extensivas" a ellos las previsiones de la ley en relación al retorno asistido o la autorización de residencia o trabajo que ya se contemplan para la denunciante.
"Finalizado el período de reflexión las administraciones públicas competentes realizarán una evaluación de la situación personal de la víctima a efectos de determinar una posible ampliación del citado periodo", añade la enmienda aprobada en la Comisión de Trabajo e Inmigración.
El texto será debatido en el Pleno de la Cámara Alta, donde previsiblemente tendrá el mismo respaldo unánime de los grupos parlamentarios ya que todos los portavoces han coincidido al destacar el consenso obtenido en torno a este asunto y han puesto en valor la enmienda finalmente aprobada porque, según han dicho, supone una "mejora" del texto planteado por el Congreso de los Diputados.
En esta línea, el portavoz del Grupo Popular en la Comisión, Eugenio Gonzálvez, cuyo grupo promovió esta reforma en la Cámara Baja, ha afirmado que con la modificación se ha "podido enriquecer un texto que vuelve al Congreso con mayores garantías". "Este trámite que hemos seguidos demuestra que cuando se habla de defensa de los derechos de los más débiles se pueden alcanzar acuerdos", ha destacado.