La Justicia europea considera "irrelevante" que la información almacenada o consultada en el equipo del usuario sea o no datos personales, porque la normativa comunitaria protege al usuario de toda injerencia en su esfera privada, en especial para evitar que identificadores ocultos u otros puedan introducirse en sus equipos sin su permiso.
De este modo, el Tribunal con sede en Luxemburgo insiste en que el consentimiento para que los sitios web puedan descargar 'cookies' debe ser "específico", y no basta con que deba desactivar una casilla de consentimiento que aparece marcada por defecto.
Además, señala la sentencia, la información que el proveedor de servicios debe facilitar al usuario incluye el tiempo durante el cual las 'cookies' estarán activas y la posibilidad de que terceros tengan acceso a ellas.
El caso responde a una cuestión del Tribunal Supremo alemán sobre la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas, después de que la Federación de consumidores en Alemania denunciara el uso por la plataforma de videojuegos 'online' Planet49 de una casilla marcada por defecto para permitir las 'cookies'.