Ley 7/2020, de 13 de noviembre, para la transformación digital del sistema financiero

Transformación digital del sistema financiero

Noticia

Esta nueva Ley, con vigencia desde el 15 de noviembre, tiene por objeto regular un entorno controlado de pruebas que permita llevar a la práctica proyectos tecnológicos de innovación en el sistema financiero con pleno acomodo en el marco legal y supervisor, respetando en todo caso el principio de no discriminación.

Transformación digital sistema financiero

El Título I (arts. 1 a 3) define los conceptos principales, aclarando que no supone la modificación del actual marco de distribución de competencias entre autoridades.

En el Título II (arts. 4 a 18) se regula el espacio controlado de pruebas (“regulatory sandbox”, como se denomina internacionalmente), que tendrá las siguientes características:

- Espacio controlado;
- Instrumento supervisor
- Esquema ley-protocolo.

Respecto al régimen de acceso, se establece un sistema de ventanilla financiera única para la presentación de proyectos por parte de empresas tecnológicas, entidades financieras, centros de investigación o cualquier otro promotor interesado.

Asimismo, se determina un régimen de garantías y protección a los participantes durante la realización de las pruebas.

El Título III (arts. 19 a 21) recoge previsiones para la aplicación del principio de proporcionalidad en el conjunto de actuaciones de las autoridades públicas del ámbito financiero. Prevé a su vez un canal de comunicación directa con las autoridades supervisoras que aporte confianza a los innovadores y transparencia en las funciones públicas.

Por último, establece un cauce para las consultas escritas sobre aspectos de la regulación y otros que pudieran surgir en la consecución de las pruebas que, por la dificultad de comprensión o de anticipación del sentido de su aplicación, puedan funcionar como barreras de entrada para los distintos actores financieros o generar incertidumbre en los distintos destinatarios de las normas.

Finalmente, se recogen en el Título IV (arts. 22 a 26) un conjunto de disposiciones institucionales y de previsiones de rendición de cuentas, entre ellas destaca la colaboración entre autoridades y la coordinación en sus actuaciones relacionadas con la transformación digital.

Ley 7/2020, de 13 de noviembre, para la transformación digital del sistema financiero. (2020/35710)