El alto tribunal ha dado a conocer esta martes solamente el fallo sobre este asunto. La resolución tardará unos días en darse a conocer, según las mismas fuentes.
En su recurso ante el Supremo, los Franco argumentaban contra la decisión del Consejo de Ministros sobre los restos y reclamaban que, en todo caso, la reinhumación se produjera en la cripta de la Catedral de la Almudena donde poseen un panteón que ya guarda los restos de otros miembros de la familia. El Gobierno rechaza esta alternativa por motivos de seguridad, y para evitar que el nuevo destino de Franco sea un lugar de exaltación a su figura.
Coincidiendo con la deliberación, y a las mismas puertas del alto tribunal, más de cien organizaciones de memoria histórica habían convocado una concentración bajo el lema #NiValleNiAlmudena. Una de ellas, la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica (ARMH), ha emitido un comunicado en el que advierte que procederá contra el Estado si los restos del dictador continúan en suelo público, ya sea éste el Valle de los Caídos o en Mingorrubio.
Además de la exhumación, que el Ejecutivo fundamentó en la Ley de Memoria Histórica, el aspecto de la demanda que concentraba mayor complejidad jurídica era el relativo al lugar de reposo definitivo de los restos una vez éstos salgan del Valle de los Caídos, situado en el municipio madrileño de El Escorial.
Su resolución venía dividiendo al tribunal durante las deliberaciones que se han venido produciendo en los últimos días al afectar al derecho de los familiares a elegir el lugar para dar sepultura a los restos de su familiar.
El tribunal que finalmente ha alcanzado un acuerdo unánime está presidido por Jorge Rodríguez Zapata y lo integran también los magistrados Celsa Pico, José Luis Requero, Pilar Teso, Segundo Sanz y Pablo Lucas. El ponente de la resolución que se conocerá en los próximos días es éste último, cuyo borrador de sentencia ha sido asumido por todos los integrantes de la Sala.
Paralización en junio
El Supremo paralizó la exhumación acordada por el Gobierno para el pasado 10 de junio y lo justificó en la necesidad de evitar el perjuicio que, de otro modo, se causaría a los recurrentes -la familia Franco y otros tres colectivos- y, especialmente, a los intereses públicos encarnados en el Estado y en sus instituciones constitucionales, "los cuales se verían gravemente afectados si, exhumados esos restos, se estimara el recurso y fuera preciso devolverlos al lugar en que se hallan".
En este asunto están personados, además de la familia Franco, La Fundación Francisco Franco, la comunidad Benedictina en Cuelgamuros y la Asociación de Defensa del Valle de los Caídos. Sus recursos se resolverán más adelante en el mismo sentido que el dictaminado este martes.
Ante la negativa de la familia de renunciar por el momento a enterrar a Franco en la sepultura que poseen a perpetuidad en la cripta de La Almudena, un lugar que el Gobierno considera inadecuado por su situación tan céntrica y su interés turístico, el Ejecutivo aprobó posteriormente, el 15 de marzo, otro acuerdo por el que decidía reinhumar los restos del dictador en el cementerio de El Pardo-Mingorrubio y fijaba para el 10 de junio la fecha de los trabajos de inhumación.
En sus alegaciones sobre el fondo, la familia Franco calificaba de "precipitada" la decisión del Gobierno de Pedro Sánchez y denunciaba que encajaba en una voluntad "electoralista" sin justificación.
Por su parte, la Abogacía del Estado, cuya postura ha sido la avalada, señalaba que todas las decisiones del Ejecutivo encajan en la legalidad y no vulneran derechos de la familia del dictador, por lo que deben cumplirse en cumplimento de la Ley de Memoria Histórica.