JUSTICIA

Un año de prisión para una tuitera por sus comentarios sobre Carrero Blanco

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La Audiencia Nacional considera una deshonra contra las victimas del terrorismo y condena a la tuitera Cassandra a un año de prisión por sus tuits sobre Carrero Blanco. La Sala recuerda que "la lacra del terrorismo persiste" si se persiste en acciones similares a la juzgada.

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La Audiencia Nacional condena a un año de prisión a la tuitera Cassandra por delito de humillación a las víctimas del terrorismo en relación a los 13 comentarios que escribió en su cuenta personal de Twitter sobre el almirante Luis Carrero Blanco al considerar que estos mensajes son una "deshonra" y "burla" a las víctimas del terrorismo.

Siguiendo la sentencia detallada de la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal, estos mensajes "constituyen desprecio, deshonra, descrédito, burla y afrenta a personas que han sufrido el zarpazo del terrorismo y sus familiares". Para la Sala esto supone una actitud irrespetuosa y humillante que encaja dentro del delito de humillación a las víctimas.

El tribunal compuesto por los magistrados Teresa Palacios, Carmen Paloma González y Juan Francisco Martel acepta la pena de prisión que solicitó el fiscal Pedro Martínez Torrijos. La Sala concluye que las explicaciones que dio Cassandra en la vista oral que tuvo lugar el pasado 22 de marzo no son "para nada convincentes".

Según informa la agencia europa press, La tuitera murciana , a la que se refieren en la sentencia en todo momento en género masculino pese a su reconocida condición de transexual, defendió en su declaración que la intención de estas publicaciones era "simplemente hacer humor" enmarcadas en el debate existente en marzo de 2015 por la aprobación de la Ley de Seguridad Ciudadana.

Para la Sala, Cassandra publicó mensajes, acompañadas en ocasiones de "elocuentes imágenes", que refuerzan "aún más su carácter de descrédito burla y mofa" a una víctima del terrorismo. Según el tribunal el tiempo transcurrido, el asesinato está fechado en 1973,  no se puede considerar "neutro" para enjuiciar los hechos ya que "la lacra del terrorismo de ETA persiste".

El asesinato de Carrero Blanco

La sentencia subraya que "Las víctimas del terrorismo constituyen una realidad incuestionable que merecen respeto y consideración"al tiempo que hace hincapié en que este atentado contra el almirante "cegó la vida de otras dos personas, no tan relevantes pero también merecedoras de la misma deferencia".

La sentencia recoge las últimas sentencias del Tribunal Supremo sobre hechos similares a estos, que le sirven para destacar que Cassandra no puede alegar que esta conducta es "penalmente reprochable, a pesar de que ignore los concretos requisitos del tipo aplicable". "Especialmente al tratarse de persona con estudios universitarios y que "evidentemente sabía que estaba cometiendo hechos patentemente ilícitos".

La acusada no mostraba arrepentimiento

Asimismo, la Audiencia Nacional no considera aplicar ningún atenuante por la reparación del daño o disminución de sus efectos porque la tuitera no ha mostrado "el menor arrepentimiento" ni existe constancia oficial de que haya borrado los mensajes vertidos en Internet. Pese a que la acusada defiende que sí ha procedido a ello, la Sala ha ordenado que se retiren estos tuits.

Cassandra escribió varios mensajes en Twitter entre 2013 y 2016 que aluden al atentado de Carrero Blanco. Entre ellos se encuentran algunos como "Kissinger le regaló a Carrero Blanco un trozo de la luna, ETA le pagó el viaje a ella", "Spiderman vs Carrero Blanco" o "ETA impulsó una política contra los coches oficiales combinada con un programa espacial".