JUSTICIA

Una juez desestima la demanda de una menor que quería cambiarse al centro donde estudia su agresor

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La titular del Juzgado de Menores de Pamplona ha desestimado la demanda de una menor que quería cambiarse al centro de estudios al que acude su agresor, que había sido su pareja durante más de dos años.

18-06-2018 14-14-58

El joven, por orden de la juez, tiene prohibido comunicarse con la menor y acercarse a ella a una distancia inferior a 200 metros, todo ello a petición de la Fiscalía. Además, la titular del Juzgado de Menores, también a petición del fiscal, adoptó la medida cautelar de libertad vigilada para el denunciado durante la tramitación de la causa.

La abogada de la menor presentó un recurso solicitando que se acordase la medida cautelar de internamiento en un centro en régimen semiabierto. La Sección Primera de la Audiencia de Navarra desestimó el recurso interpuesto por la acusación particular.

Posteriormente, la letrada pidió que la menor, que estudiaba en un centro de Lecároz, cursara estudios en el centro de Elizondo, donde estudia el denunciado.

Reclamó al juzgado que se otorgara prioridad para estudiar en este centro a la denunciante respecto al denunciado. En otro escrito, planteó la posibilidad de que ambos estudiasen en el mismo centro de Elizondo y que por parte del centro se adoptasen las medidas oportunas (tipo punto de encuentro) para la mejor protección de la víctima. La fiscalía de menores, así como el abogado del denunciado, se opusieron a ambas solicitudes.

La titular del Juzgado de Menores ha desestimado las pretensiones de la acusación y considera que si el joven está matriculado con anterioridad en el centro de estudios donde ahora pretende estudiar la víctima "resulta obvio que aquel tiene prioridad" y que es "la víctima la que tendrá que buscar un nuevo centro".

La juez señala que el auto de medidas cautelares "no puede quedar vacío de contenido ni a capricho de la víctima" y añade que "si se ha acordado una prohibición de acercamiento y comunicación con la víctima es para que ésta también se atenga a lo que se ordena".

La juez destaca en su resolución que "la conducta de la víctima y sus decisiones arbitrarias no pueden perjudicar al interés del menor, quien ningún problema está planteando en relación con la medida acordada".