En vigor la Orden por la que se regula la llevanza de los libros de registros en el IRPF
Esta Orden actualiza la de 4 de mayo de 1993, la cual fue objeto de dos modificaciones en mayo de 1995 y octubre de 1996
En vigor la Orden por la que se regula la llevanza de los libros de registros en el IRPF
NoticiaElDerecho.com
El pasado 17 de julio el BOE publicó la Orden HAC/773/2019, de 28 de junio, por la que se regula la llevanza de los libros de registros en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Según la Orden estarán obligados a llevar un libro de ingresos, un libro de gastos, un libro registro de bienes de inversión y un libro registro de provisiones de fondos y suplidos todos los contribuyentes que ejerzan actividades profesionales cuyo rendimiento se determine en método de estimación directa.
La Orden consta de trece artículos en el que se describen las obligaciones de llevanza de libros de registros por parte de empresarios, profesionales y contribuyentes del IRPF, excepto para aquellos que estén obligados a llevar la contabilidad según el Código de Comercio que estarán obligados a llevar libros de registro de ventas e ingresos, libros de registros de compras y gastos, así como libros de registros de bienes de inversión.