
Según la Orden estarán obligados a llevar un libro de ingresos, un libro de gastos, un libro registro de bienes de inversión y un libro registro de provisiones de fondos y suplidos todos los contribuyentes que ejerzan actividades profesionales cuyo rendimiento se determine en método de estimación directa.
La Orden consta de trece artículos en el que se describen las obligaciones de llevanza de libros de registros por parte de empresarios, profesionales y contribuyentes del IRPF, excepto para aquellos que estén obligados a llevar la contabilidad según el Código de Comercio que estarán obligados a llevar libros de registro de ventas e ingresos, libros de registros de compras y gastos, así como libros de registros de bienes de inversión.
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