La cantidad indicada corresponde a la diferencia entre la subvención abonada por el SEPE (5,64 euros al día) y la correspondiente según la doctrina europea (15,44 euros/día) entre el 27 de marzo de 2019 y el 13 de diciembre de 2021.
La Sala de lo Social del TSJC en su sede de Las Palmas aprecia -en una sentencia de casación que revoca una sentencia anterior favorable al SEPE- que se trata de un supuesto de discriminación indirecta por razón de sexo y aplica, por primera vez a un ciudadano español, la doctrina de la Justicia europea que benefició a los hombres al eliminar el plazo para solicitar el complemento de maternidad para cubrir la brecha de género en las pensiones de jubilación inicialmente previstas para las mujeres.
La trabajadora acudió a la Sala alegando que el SEPE debía haber reconocido desde marzo de 2019 la prestación por desempleo en la forma prevista para los mayores de 52 años, y no lo había hecho porque el Instituto Nacional de la Seguridad Social había contabilizado la mitad del tiempo cotizado por la afectada, pese a que estaba sujeta a contratos a tiempo parcial.
La cuantía diaria del subsidio que tenía reconocido la administración era de 5,64 euros al día, y lo que dice ahora la Sala, centrando el caso desde la perspectiva de género, es que debería haber reconocido la forma de ayuda más ventajosa, los 15,44 euros diarios que se incluyen en el subsidio por desempleo para mayores de 52 años.
"Las razones por las que el INSS certificó que la actriz no cumplía el requisito de deficiencia genérica para acceder a la jubilación contributiva", explica la sentencia, "se basaron en la exigencia de un total de 5.475 días de cotización a jornada completa. Esto supone", subraya, "un mayor número de días de cotización al ser trabajadora a tiempo parcial, sin computar cada día trabajado como día de cotización, lo que contraviene directamente la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea c-161/18, de 8 de mayo de 2019, así como la posterior sentencia del Tribunal Constitucional 91/2019, de 3 de julio, lo que se traduce en discriminación por razón de sexo".
