Orden JUS/394/2020, de 8 de mayo, por la que se aprueba el Esquema de Seguridad Laboral y el Plan de Desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19

Activación de la Administración de Justicia

Noticia

El BOE ha publicado el sábado una Orden por la que se aprueba el Esquema de Seguridad Laboral y el Plan de Desescalada para la Administración de Justicia.

Esquema seguridad laboral en la Justicia

(Descarga la infografía. Desescalada: fechas y fases)

Se contempla la paulatina reactivación de la Administración de Justicia, dentro del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. Dicha reactivación requiere, en primer lugar, la adopción de un Esquema de Seguridad Laboral que garantice la seguridad a todo el personal al servicio de la Administración de Justicia, y, en segundo lugar, un Plan de Desescalada, con diferentes fases, que permitirán incrementar de manera progresiva la prestación de los servicios esenciales en la Administración de Justicia, hasta poder contar en la última fase con el 100% del personal en sus respectivas sedes de manera presencial y con el 100% del servicio público de justicia restablecido.

El Esquema de Seguridad Laboral recoge de forma muy pormenorizada las medidas de seguridad laboral que deben adoptarse durante todo el proceso. Entre ellas el establecimiento de una distancia mínima de seguridad de dos metros en todos los espacios de trabajo o la utilización de barreras físicas.

La atención al público, se realizará generalmente por vía telefónica o a través de correo electrónico. En caso de ser necesario el trámite presencial, se organizará a través de cita y manteniendo la distancia de seguridad. Se prevé la utilización de equipos de protección individual por trabajadores con atención directa al público.

Se incluyen asimismo medidas en materia de limpieza y desinfección de las superficies y espacios de trabajo, la ventilación de las instalaciones y la distribución de soluciones hidroalcohólicas.

Dentro del Plan de Desescalada, se prevén cuatro fases, que se activarán en función de las indicaciones de la autoridad sanitaria, conforme a la evolución de la pandemia:

Fase 1. «Inicio de la reincorporación programada»: acudirán a cada centro de trabajo entre un 30 y un 40% de los efectivos que presten servicio en ellos. Esta primera fase comienza el 12-5-2020 y tendrá una duración de al menos una semana.

Fase 2. «Preparación para la reactivación de los plazos procesales»: se iniciará cuando haya transcurrido al menos una semana desde el inicio de la fase 1. Acudirán a cada centro de trabajo entre un 60 y un 70% de los efectivos que presten servicio en ellos, en turnos de mañana y tarde, si así se establece.

Fase 3. «Actividad ordinaria, con plazos procesales activados»: se iniciará siempre que hayan transcurrido al menos dos semanas desde el inicio de la fase 2. Acudirán a cada centro de trabajo el 100% de los efectivos que presten servicio en ellos, en turnos de mañana y tarde, si así se establece.

Fase 4. «Actividad normalizada conforme a la situación anterior al estado de alarma»: se iniciará en el momento en que se levanten las recomendaciones sanitarias que permitan retornar a la situación de funcionamiento anterior a dicha declaración. Acudirán a cada centro de trabajo el 100% de los efectivos en su jornada ordinaria.

Se establecen además los criterios de aplicación de la Fase 1, con relación a los turnos de trabajo que haya que establecer, así como los criterios para la cobertura de los turnos de tarde.

El turno de mañana será de 6 horas entre las 7:30 y las 14:00 y debe cubrirse con el 70-80% del personal; el de tarde será de 4 horas y media entre las 15:00 y las 20:00, y debe contar con el 20-30% de la plantilla que deba acudir según cada fase de la desescalada. Entre ambos se establece el período de una hora para proceder a la limpieza y desinfección de los puestos de trabajo y los espacios comunes. Durante la tarde no se prestará servicio de atención al público o a profesionales.

Orden JUS/394/2020, de 8 de mayo, por la que se aprueba el Esquema de Seguridad Laboral y el Plan de Desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19.

Fuente: ADN Jurídico