La UE requiere a los Estados miembros que adopten normas nacionales que prevean sanciones en caso de infracción

Anteproyecto de ley para sancionar el incumplimiento de medidas restrictivas de la UE

Noticia

Aprobado en primera vuelta el Anteproyecto de Ley Orgánica de transposición de la Directiva 2024/1226 para hacer efectivas las decisiones de la Unión Europea en materia sancionadora y de defensa de su soberanía.

Anteproyecto sobre sanciones de la UE_img

El objetivo es que se pueda sancionar a las personas, entidades o países de fuera de la UE que incumplan medidas restrictivas dictadas por la Unión para promover sus objetivos de política exterior y seguridad común.

La directiva europea prevé, entre otras medidas restrictivas, embargos, decomisos o restricciones de las importaciones y exportaciones y algunas de ellas ya se han impuesto a un listado de personas y entidades rusas y bielorrusas tras la agresión de Rusia a Ucrania. No obstante, para garantizar su cumplimiento, la UE requiere a los Estados miembros que adopten normas nacionales que prevean sanciones penales efectivas en caso de infracción.

Incorporación de los delitos contra la UE en el Código Penal

El anteproyecto supone una reforma del Código Penal para tipificar como delito el incumplimiento de las medidas restrictivas de la UE. Así, por ejemplo, se prevén penas de entre 2 y 6 años de prisión y multas para quienes violen estas medidas con acciones como facilitar fondos o realizar operaciones con países o personas sancionadas.

Asimismo, se modifica el delito de blanqueo de capitales para agravar la pena cuando los bienes provengan del incumplimiento de una medida restrictiva de la UE.

Al margen de las medidas penales, el Anteproyecto crea una comisión mixta de coordinación, que se adscribirá al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y velará por la aplicación de las medidas restrictivas de la UE.