El Plan se desarrolla sobre tres ejes de actuación: (1) poder ejecutivo y gobierno abierto; (2) medios de comunicación y garantía del derecho de los ciudadanos a una información veraz; y (3) poder legislativo, que a su vez se materializan en once líneas de actuación y 31 medidas, en un ejercicio de transversalidad y con la intención de apuntalar las instituciones clave del Estado de Derecho.
31 medidas
El Plan de Acción por la Democracia se concreta en 31 medidas que abordan desde la rendición de cuentas obligatoria para conocer cómo se cumplen los programas de Gobierno y reforzar la lucha contra la corrupción contemplada en la Ley 2/2023, de 20 de febrero; a la reforma de la Ley 9/1968, de 5 de abril, sobre secretos oficiales.
El Plan contempla la adaptación de la normativa española para cumplir las disposiciones del Reglamento de Libertad de Medios de Comunicación, aprobado por el Consejo de la UE y el Parlamento Europeo. Ello implica la fijación de nuevos estándares de transparencia de los medios de comunicación mediante la creación de un registro en el que se disponga de información pública sobre su propiedad y la inversión publicitaria que reciben. Asimismo, se reformará la ley de publicidad institucional para introducir criterios de transparencia, proporcionalidad y no discriminación.
Se impulsará la ley de secreto profesional de los periodistas como garantía jurídica para la protección de fuentes y la transposición directiva anti SLAPP para la protección de los periodistas contra demandas planteadas con el único fin de intimidarles en el ejercicio de sus funciones.
Asimismo, se aprobará una Estrategia Nacional de lucha contra campañas de desinformación y se reformará la Ley Orgánica del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen y de la Ley reguladora del derecho de rectificación, para mejorar el sistema con el que instar y lograr la rectificación de noticias falsas o abiertamente tendenciosas, con indemnizaciones y plazos adecuados.
Además, se reformarán, entre otras, la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General para establecer la obligación de celebrar debates electorales entre candidatos y candidatas y de la publicación de todos los microdatos de las encuestas electorales; y se aprobará la Ley de Grupos de Interés que regule su código de conducta y facilite el seguimiento del proceso legislativo.