También propone un salario mínimo de 1.050 euros mensuales para los TRADE

ATA pide una tarifa de 60 euros para autónomos con ingresos inferiores al SMI y un subsidio de paro

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La Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA) propone implantar una tarifa plana de 60 euros mensuales durante dos años prorrogables a otros dos para aquellos autónomos cuyos ingresos sean inferiores al salario mínimo interprofesional (SMI).

ATA pide una tarifa de 60 euros para autónomos

Esta es una de las 40 propuestas que la organización de autónomos plantea para 2019-2020 a fin de mejorar la situación del colectivo en un periodo que se presenta complejo para el empleo y la economía española y que, en opinión de ATA, requiere de un Gobierno estable para afrontar las reformas estructurales que necesita el país.

La organización que preside Lorenzo Amor pide en sus propuestas establecer la obligatoriedad de darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) a todos los trabajadores autónomos, sea su actividad habitual o no.

Para aquellos que no sean autónomos habituales y cuyos ingresos no superen la mitad del SMI anual, ATA propone una tarifa de cero euros, de forma que no tengan que cotizar a la Seguridad Social. Para ello deben demostrar que no han realizado la actividad de forma continuada durante dos meses en un periodo de 12 meses o periódica y discontinua durante cuatro meses en un periodo de 12 meses.

No se podrán beneficiar de esta tarifa cero los considerados como autónomos habituales, es decir, aquellos que sean titulares o arrendatarios de locales y despachos abiertos al público o de vehículos afectos a la actividad; que estén adscritos a un colegio profesional que no disponga de sistema alternativo de previsión, o que ejerzan su actividad bajo autorización o licencia administrativa.

Por otro lado, entre los incentivos al emprendimiento en la Seguridad Social, ATA también pide una tarifa de 30 euros mensuales para estudiantes menores de 25 años que estén cursando estudios universitarios, reglados o de formación profesional durante todo el periodo formativo. Para beneficiarse de esta tarifa tendrán que acreditar anualmente que continúan en formación mediante la aportación de la matrícula.

Para los autónomos que presenten ingresos por encima del SMI, ATA plantea impulsar que quienes puedan aumenten voluntariamente su base de cotización, a fin de mejorar los ingresos del sistema y mejorar su protección social. En caso de establecerse un modelo de cotización proporcional a los ingresos (con el que no está de acuerdo), ATA reclama que la sobrecotización o infracotización se corrija a final del ejercicio fiscal o declaración de la renta.

La organización cree que las reformas para seguir avanzando en el trabajo autónomo deben girar entorno a complementar la ley de medidas urgentes mediante el fomento del emprendimiento en ciertos colectivos y la contratación por parte de autónomos; en la sostenibilidad del RETA y del sistema de pensiones; en la segunda oportunidad; en la lucha contra la economía sumergida; en reducir trabas y cargas administrativas, y en impulsar un régimen sancionador de la morosidad.

TARIFA PLANA POR CONTRATAR UN PRIMER TRABAJADOR

En lo que respecta al emprendimiento femenino, la federación pide una tarifa plana de 30 euros durante 24 meses para que las mujeres del ámbito rural emprendan o que las ayudas a la contratación de un trabajador durante los periodos de descanso por maternidad, adopción, acogimiento o riesgo en el embarazo se amplíen a los dos últimos trimestres de gestación.

ATA también pide ampliar la tarifa plana de 60 euros de 12 a 24 meses para las autónomas que se reincorporen a la actividad tras la maternidad. Por otro lado, para fomentar la contratación, la federación se inclina por impulsar una tarifa plana para los autónomos que contraten a su primer trabajador.

Para sostener el RETA y el sistema de pensiones, ATA apuesta por la exclusión del registro horario a los autónomos con menos de cinco trabajadores y para aquellos trabajadores contratados por autónomos cuando estos desarrollen el 75% o más de la jornada fuera del centro de trabajo.

Asimismo, aboga por que las cuotas de los autónomos societarios puedan ser deducibles en el Impuesto de Sociedades siempre y cuando exista proporcionalidad entre su base de cotización y los rendimientos que obtiene la sociedad.

Realizar aportaciones voluntarias al RETA sin modificar la cuota mensual o ampliar la jubilación activa al 100% a todos los autónomos, también destacan entre las medidas propuestas por ATA.

Además, insta a posibilitar el fraccionamiento de la deuda con la Seguridad Social para los autónomos que teniendo adquirido el derecho a la jubilación no puedan beneficiarse de la misma, y que se establezca el cálculo de la pensión sobre toda la vida laboral (75% de los mejores años y 25% de los peores).

La Federación además reclama un subsidio de seis meses, de 426 euros mensuales, para los autónomos que hayan agotado su prestación por cese de actividad. La cuantía de este subsidio se incrementará en colectivos especiales y con cargas familiares y podrá ser ampliado por las comunidades autónomas y vinculado a políticas activas.

SALARIO MENSUAL MÍNIMO DE 1.050 EUROS PARA LOS TRADE

Sobre los trabajadores económicamente dependientes (TRADE), ATA demanda que tengan la obligación de comunicar y registrar personalmente su condición como tal a través del sistema RED y que se establezca una retribución mínima para esta figura de 1.050 euros mensuales con el fin de evitar abusos.

En materia de fiscalidad, pide incorporar al régimen fiscal de los autónomos el IVA franquiciado, mantener los límites actuales de facturación para que los autónomos del transporte tributen en estimación objetiva y eliminar el recargo de equivalencia en el comercio minorista, además de crear un código de buenas prácticas tributarias.

Entre otras medidas, destacan la deducción del IRPF del 100% del gasto del vehículo cuando este sea eléctrico, el establecimiento de un régimen sancionador para las empresas y para la Administración Pública que incumplan con los plazos de pago o modificar la ley de segunda oportunidad en relación de la inclusión de los créditos públicos en los acuerdos extrajudiciales.