El órgano de gobierno de los jueces reitera su compromiso para seguir impulsando la mediación como medio alternativo de resolución de controversias

Comunicado del CGPJ en el Día Europeo de la Mediación

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El Consejo General del Poder Judicial, con ocasión de la celebración del Día Europeo de la Mediación, reitera la relevancia y la trascendencia social que tiene la misma para la resolución de conflictos mediante el acuerdo voluntariamente alcanzado por las partes con la intervención de un Mediador.

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No podemos desconocer que uno de los desafíos del Servicio Público de la Justicia en nuestro tiempo es el de mejorar el acceso a un sistema apropiado de resolución de controversias sin restringir el Derecho Fundamental de Tutela Judicial efectiva y el acceso a la Justicia. Garantizar tal sistema se ha convertido en una nueva vertiente o dimensión del Derecho de acceso a la Justicia en el marco del espacio de libertad, seguridad y justicia de la Unión Europea, y es también, por lo tanto, una obligación de las Administraciones Públicas del Estado Español, teniendo en cuenta que, en ambos ámbitos, el Derecho de Acceso a la Justicia no solo abarca la vía judicial sino también a los métodos extra judiciales, intra judiciales o intra procesales, de resolución de litigios. Los métodos de solución de controversias deben ser, por tanto, considerados por el conjunto de los ciudadanos como un importante beneficio de cara al acceso a la Justicia, la reducción de sus costes y la duración de los procedimientos.

Han transcurrido  trece años  desde que se aprobara la Directiva de Mediación 2008/52 de 21 de mayo de 2008, así como nueve años de vigencia en el sistema jurídico español de la Mediación, desde la ley 5/2012 de 6 de julio, de la Mediación en asuntos civiles y mercantiles. No obstante los avances y progresos logrados en el impulso de este medio de solución de conflictos, y del número cada vez más creciente de ciudadanos y operadores jurídicos y mediadores comprometidos con el mismo, no podemos, en un día como hoy, desconocer el amplísimo camino que queda por recorrer para una implantación normalizada de los medios de solución de las controversias.

Como nos recuerdan el propio Parlamento Europeo y la Comisión de la UE en diversos informes, y ha sido expresamente puesto de manifiesto en sus estudios de los años 2016 y 2017 sobre la aplicación de la Directiva de Mediación de 2008/52, se constata en el seno de los países miembros de la Unión Europea un desconocimiento general y una deficiente y mínima cultura, práctica y utilización de la mediación y de los diversos medios de solución de controversias, aunque exista una demanda implícita de Instrumentos jurídicos e Instituciones Jurídicas de calidad y de las soluciones auto compositivas intra o extrajudiciales.

Así, se nos ha puesto manifiesto que  “los objetivos de lograr una relación equilibrada entre Mediación y Proceso Judicial, no se han logrado, ya que en la mayoría de los Estados miembros, la Mediación se utiliza en menos del 1% de los casos llevados ante los Tribunales”.(informe de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo y al Comité Económico y Social Europeo sobre la aplicación de la Directiva 2008/52, de 26 de agosto de 2016 [COM(2016) 542 final], y Resolución del Parlamento Europeo de 12 de septiembre de 2017 sobre la aplicación de la Directiva 2008/52 ).

El más que previsible incremento de la litigiosidad y, por ende, de los procedimientos judiciales que se vislumbra como consecuencia de la pandemia cuyos efectos continuamos padeciendo, puede tener en la Mediación intra judicial una respuesta idónea en no pocos supuestos y, por ello, su impulso y fomento seguirá siendo auspiciado con entusiasmo e intensidad, en el ámbito de sus competencias, por el Consejo General del Poder Judicial, que quiere hoy reconocer públicamente el compromiso y el elevado interés de todas las ciudadanas y ciudadanos, así como de todos los operadores jurídicos implicados, miembros de la Carrera Judicial y del Ministerio Fiscal, Letrados de la Administración de Justicia, funcionarios al Servicio de la Administración de Justicia, Colegios Profesionales, Comunidad Universitaria, y un largo etcétera de entidades sociales y jurídicas. Con todos ellos, así como con las Administraciones públicas, el Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas, este Consejo ha venido suscribiendo múltiples convenios de colaboración y activado sus órganos de seguimiento para fomentar e impulsar la Mediación y la concienciación en la existencia y utilidad de los instrumentos o medios alternativos y complementarios de resolución de las controversias y de justicia restaurativa.

En un día como hoy, el CGPJ quiere reiterar que la Mediación es Justicia, una nueva vertiente del Derecho de Acceso a la Justicia, e incumbe, por lo tanto, a todos los integrantes de la carrera judicial, pues está incluida en la función jurisdiccional, conectada a los Juzgados y Tribunales, y así se refleja en las recientes reformas procesales. No se trata de una Justicia sin Jueces, sino de una herramienta de los Jueces al servicio de la Justicia.

Además, es una respuesta que mejora la calidad de las soluciones y de la Justicia desde el reconocimiento de la tutela jurídica y del derecho de acceso de los ciudadanos a la Justicia, así como un instrumento de participación e implicación ciudadana en la Justicia.

El fomento de la Mediación intra judicial y la potenciación de los medios adecuados para la solución de las controversias son medidas que el CGPJ ha considerado inexcusables para avanzar en la modernización, la agilización procesal y la mejora de la calidad de la Justicia, integrando el conjunto de  las Medidas organizativas y procesales aprobadas por el CGPJ en la sesión plenaria del 16 de junio de 2020, dentro del Plan de Choque para la Administración de Justicia tras el estado de Alarma, teniendo en cuenta siempre que ninguna de las medidas a introducir en las reformas a emprender, debe ir en detrimento de las garantías procesales de los justiciables, ni mermar la calidad del servicio judicial, el derecho de acceso a la Justicia y la tutela judicial efectiva.

El papel de los Jueces y Juezas es, en todo caso, muy importante, sobre todo respecto de la Mediación intra judicial o intra procesal. La modernización, la agilización y las necesarias reformas de la Justicia que implican,  deben introducir mecanismos que faciliten y reconozcan la labor del Juez en la búsqueda de acuerdos, potenciando su labor conciliatoria y sus posibilidades de derivación a mediación, sin detrimento de las que puedan corresponder a las partes y demás operadores jurídicos. Las medidas de fomento de los acuerdos, sin retrasar la duración de los procedimientos, se han de extender a todos los órdenes jurisdiccionales y a todas las fases de los procesos, incluidas las de recurso y ejecución, en su caso.

Es preciso hallar y establecer nuevas fórmulas para incentivar la Mediación desde el punto de vista social, profesional, económico, fiscal, y reconocer el uso de esta herramienta en la valoración y reconocimiento de la carga de trabajo, los rendimientos y  la actividad profesional de la carrera judicial: de su derivación y apoyo, se facilita la solución concertada de las controversias, mediante resoluciones judiciales de homologación o subsiguientes a los acuerdos de Mediación.

Por otro lado, se hace preciso promover un modelo de prestación de servicios de mediación intra judicial evitando la actual dispersión de modelos, unificando contenidos formativos, procedimientos y prácticas bajo criterios de control y calidad, incrementando así mismo las campañas de información y de concienciación sobre las características y potencialidades de la mediación.

Considera este Consejo que es preciso desarrollar institucionalmente la organización de Servicios o Unidades funcionales de Mediación o, en todo caso, el establecimiento de medios adecuados de solución de controversias en torno a las sedes judiciales, a partir de las experiencias desarrolladas y que se vienen desarrollando.

Queremos también exhortar a la continuidad en la implicación de todas las Administraciones Públicas, del Ministerio de Justicia y de las Comunidades Autónomas junto con el CGPJ, en colaboración -de manera coordinada con los diferentes colectivos-, para seguir impulsando la mediación y los diversos medios de solución de controversias.

Desde la aprobación del Libro Blanco de la Justicia en 1997, y continuando la labor y los avances propiciados por otros Consejos (años 2001 y 2008), es preciso destacar especialmente el trabajo por la Mediación del Consejo General del Poder Judicial en este mandato 2013-2018. Es oportuno en estos momentos recordar que este Consejo General del Poder Judicial  -cuyo mandato ordinario a día de hoy está más que vencido-, ha venido realizando desde sus inicios una política activa en favor de la Mediación como una de sus acciones prioritarias, abarcando numerosas iniciativas, como una mayor especialización en su tratamiento mediante la creación de la Unidad de Mediación en su Gabinete Técnico y un Grupo de trabajo por la Mediación; la constitución de una Red de coordinadores provinciales de Mediación y equipos volantes de expertos; el incremento de la dotación presupuestaria en favor de la Mediación; el aumento de las actividades en la Formación inicial y continua en Mediación y otros métodos de solución de conflictos; la organización de Jornadas formativas y de Campañas de información sobre la Mediación; la suscripción y renovación de Convenios de colaboración e impulso de la Mediación con las Administraciones Públicas, el Ministerio de Justicia, las Comunidades Autónomas, la Fiscalía General, los Colectivos sociales, los operadores jurídicos, las entidades profesionales, las universidades etc.; la aprobación de la nueva Guía para la Práctica de la Mediación intrajudicial y el Protocolo de la Mediación contencioso-administrativa; el nuevo diseño de la página Web de Poder Judicial reforzando los contenidos sobre Mediación, Mapa de la Mediación, Guías, Convenios, resoluciones judiciales de interés etc.; o el incremento de los órganos jurisdiccionales -más de 700 (253 que derivan a mediación familiar, 250 a mediación penal, 111 a mediación civil, más las experiencias  en lo contencioso y en lo social)- que derivan a Mediación, y del mayor compromiso de la carrera judicial.

Los últimos pronunciamientos del Consejo General del Poder Judicial sobre la Mediación se contienen en el Informe preceptivo que emitió sobre el Anteproyecto de Ley de Impulso de la Mediación (ALIM), aprobado en el Pleno del día 28 de marzo de 2019, y en el mencionado Plan de Choque para la Administración de Justicia, aprobado en el Pleno del día 16 de junio de 2019. A ellos nos remitimos ratificándonos en los mismos desde la lealtad institucional, y desde la convicción de que habrán de ser una herramienta útil para las próximas iniciativas de reforma normativa en esta materia.

Por último, el Consejo General del Poder Judicial reitera su compromiso con la Mediación y con cuantos ciudadanos, ciudadanas y profesionales han venido trabajando intensamente por una solución pacífica y adecuada de los conflictos. Este Consejo considera que, agotado con creces su mandato, es precisa para los próximos años una estrategia de largo plazo para reorientar e impulsar con nuevas iniciativas el funcionamiento de la Justicia, así como su actividad en favor de la Mediación y de los medios adecuados de solución de controversias. Por ello resulta imperiosamente necesario que las Cortes Generales y los Grupos Parlamentarios, los Diputados y Senadores, y los miembros del Gobierno, cumplan de manera urgente con su obligación constitucional de renovar el CGPJ.