En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, se recoge que desde el año 2001, de forma habitual, se acostaba en la cama de una de sus hijas, de 13 años de edad, y, aprovechando que su madre no estaba en la casa o estaba durmiendo, le hacía tocamientos en los pechos y zonas genitales, diciéndole "para que te enseñe otro, te enseño yo". Así, en fecha no determinada del año 2004, el acusado, aprovechando que la menor estaba desnuda después de la ducha, "se bajó los pantalones y se echó encima de ella en la cama intentando penetrarla sin conseguirlo ante la oposición de ella, momento a partir del cuál cesaron los abusos".
De este modo, en el fallo se cita que dos años más tarde el condenado también realizó tocamientos en sus pechos y partes genitales a su otra hija, que en aquel momento tenía también 13 años, durante un periodo de 24 meses. Así, quitándose la ropa y quitándosela a su hija, se echó encima de ella intentando penetrarla sin conseguirlo al decir ella que le hacía daño, hechos que el acusado realizaba bajo amenazas a la niña de que si contaba algo la mataría a ella y se suicidaría.
En sus fundamentos jurídicos, se recoge que el acusado se prevalió de su relación de padre respecto de ambas víctimas, la cuál, declarando la primera víctima en el plenario que los actos atentatorios contra la libertad sexual se dieron con habitualidad, entre una y tres veces por semana. De otro lado, y en cuanto a la segunda víctima, la misma padeció el empleo de la "intimidación", al manifestarle su padre las citadas amenazas, y es que, "la intimidación supone el uso de amenaza de un mal con entidad suficiente para eliminar una posible resistencia".
Con todo ello, la Audiencia Provincial ha estimado que debe condenar al encartado como autor responsable de un delito de abusos sexuales continuados a la pena de dos años y seis meses de prisión y prohibición de acercarse a su hija a menos de 200 metros a su domicilio o lugar de trabajo, así como a comunicarse con ella por cualquier medio por un período de cinco años. En cuanto a su otra hija, la Sala lo condena a ocho años y medio de prisión, manteniendo la prohibición de acercarse a menos de 200 metros a ella y aumentando a diez los años en que no puede comunicarse con la misma.
Además, se le condena por un delito intentado de abusos sexuales con penetración a la pena de un año y seis meses de prisión, del mismo modo que se le condena como autor responsable de un delito intentado de agresión sexual a la pena de cuatro años y seis meses. Por último, en el fallo se refleja que el condenado tendrá que indemnizar con 50.000 euros a cada una de las víctimas por daños morales.