El Real Decreto-Ley convalidado modifica el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones (aprobado por Decreto legislativo 1/2002) para incorporar la Directiva 2014/50/UE, que pretende reducir los obstáculos a la movilidad de los trabajadores entre Estados miembros mediante la mejora de la adquisición y mantenimiento de los derechos complementarios de pensión para la jubilación vinculados a una relación laboral.
La citada Directiva limita los periodos de espera y de adquisición de derechos que se requieran en dichos regímenes complementarios de pensión, fija un límite en relación con la edad mínima para adquirir los correspondientes derechos, regula el reembolso de las primas o aportaciones realizadas en caso de cese de la relación laboral antes de adquirirse derechos, establece el mantenimiento de los derechos que se hubiesen adquirido cuando dicho cese tiene lugar, e impone obligaciones de información a los trabajadores sobre las condiciones de adquisición, el importe de los derechos adquiridos y el tratamiento de estos a partir del cese de la relación laboral.
La transposición de la citada Directiva se completa con normas que regulan el régimen de información a los trabajadores en caso de cese de la relación laboral con anterioridad a la jubilación, así como el régimen del tratamiento futuro de los derechos adquiridos una vez producido dicho cese.
Blanqueo de capitales y financiación del terrorismo
El Ejecutivo justifica la necesidad de poner en marcha estas reformas legislativas en que el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, "además de los innegables riesgos sociales que plantean, generan también riesgos económicos y financieros", e implican riesgos de reputación muy importantes, tanto para las entidades individualmente consideradas, como para el sistema financiero nacional en su conjunto. Ambas actividades ilícitas, añade, se caracterizan por evolucionar y adaptarse a los diferentes mecanismos de control y prevención desplegados, por lo que la rápida adecuación de la norma a este escenario cambiante es un elemento fundamental de eficacia del sistema.
La norma convalidada se orienta a la mejora de la supervisión y sanción de las infracciones de la normativa de prevención es el establecimiento de los canales de denuncias, tanto públicos, como en el ámbito de los propios sujetos obligados de la ley. Los sujetos obligados deberán contar con canales específicos para la denuncia interna de conductas contrarias a la ley o a los procedimientos internos de la entidad aprobados para dar cumplimiento a aquélla. De forma paralela, se crearán canales de denuncia a la Administración de potenciales incumplimientos por los sujetos obligados de las exigencias de la normativa administrativa de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. Asimismo, revisa el régimen aplicable a las personas con responsabilidad pública.
Atraer talento y promover la UE como centro mundial de excelencia
Por otra parte, el Real Decreto-ley convalidado hoy modifica la Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su internacionalización con el fin de incorporar los aspectos de la Directiva 2016/801 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los requisitos de entrada y residencia de los nacionales de países terceros con fines de investigación, estudios, prácticas, voluntariado, programas de intercambio de alumnos o proyectos educativos y colocación "au pair".
El Gobierno indica que la migración legal, y especialmente la cualificada, se entienden como factores coadyuvantes del crecimiento y de la creación de empleo, la Directiva tiene como objetivo mejorar la posición de la Unión Europea en la competencia mundial por atraer talento y promoverla como centro mundial de excelencia para estudios y formación, mediante la supresión de barreras migratorias y mejores oportunidades de movilidad y empleo.
Para ello establece unas condiciones armonizadas de entrada y residencia en la Unión Europea de nacionales de terceros países con fines de investigación, estudios, prácticas o voluntariado en el Servicio Voluntario Europeo, de obligada transposición; y otras para voluntarios fuera del Servicio Voluntario Europeo, alumnos y au pairs, de carácter potestativo para los Estados miembros.
El objetivo de esta Directiva es "mejorar la posición de la Unión Europea en la competencia mundial por atraer talento y promover la UE como centro mundial de excelencia para estudios y formación mediante la supresión de barreras migratorias y mejores oportunidades de movilidad y empleo".
Movimientos de capitales
Por último, el Real Decreto-ley introduce dos asuntos adicionales que no son transposición de directivas. Por una parte, la modificación de la ley de régimen jurídico del movimientos de capitales y transacciones económicas con el exterior para elevar de 3 meses a 1 año el plazo para resolver los expedientes sancionadores, alienando así el plazo con el resto de procedemientos que se instruyen en virtud de la ley de prevención de blanqueo de capitales.
Y, por otra, el Real Decreto-ley también modifica la disposición final séptima de la Ley 39/2015 para ampliar en dos años el plazo inicial de entrada en vigor de las previsiones relativas a la puesta en marcha de la Administración electrónica para "garantizar la interoperabilidad con los ciudadanos que sea también respetuosa con los diferentes ámbitos de competencias de las distintas administraciones públicas y que además garantice la necesaria seguridad jurídica", señaló la ministra de Economía, Nadia Calviño, durante la defensa en el Pleno de dicho real decreto.