El acuerdo del pleno, consultado por Europa Press, estima la cuestión de inconstitucionalidad que planteó el Juzgado de Primera Instancia 11 de Barcelona.
En concreto, el tribunal ha anulado la parte del decreto que preveía que los locales cerrados pagaran la mitad del alquiler si después de un mes de pedirlo al propietario no habían alcanzado un acuerdo para "una modificación razonable y equitativa de las condiciones del contrato".
También ha declarado inconstitucional que los locales con restricciones parciales tuvieran una reducción "en una proporción igual a la mitad de la pérdida de aprovechamiento del inmueble, medida objetivamente por la reducción de aforo o de horarios o por otras limitaciones impuestas por la norma" si a pesar de haberlo pedido al propietario no alcanzaban un acuerdo en un mes.
La declaración de inconstitucionalidad afecta solo a estos dos apartados pero no al resto del decreto, que preveía una rebaja del alquiler a los locales afectados por restricciones si había acuerdo entre inquilino y propietario.