Durante los últimos meses, hemos asistido a un despliegue masivo de canales de información en el tejido empresarial y público español. Muchas organizaciones han optado por implantar su canal de denuncias a través de soluciones generalistas (CRM, softwares de RRHH, gestores de expedientes o plataformas corporativas ya existentes).
Desde un punto de vista puramente operativo, esta decisión tiene sentido. De esta manera, se aprovechan herramientas conocidas y centralizan procesos. Sin embargo, en el actual marco regulatorio, la pregunta clave no es si la herramienta funciona o si es fácil de usar.
La pregunta crítica que debe realizarse los equipos directivos es muy concreta: ¿cumple estrictamente con la Ley 2/2023? De hecho, la línea que separa un buzón de sugerencias digital de un Sistema Interno de Información (SII) legal es muy fina, y las consecuencias de cruzarla pueden generar graves sanciones para la organización.
En la infografía elaborada por Lefebvre se puede consultar el decálogo técnico del sistema interno de información.
El incumplimiento de la Ley 2/2023 conlleva un marco punitivo severo diseñado para garantizar la protección real del informante. Las infracciones pueden ser muy graves (adopción de cualquier represalia contra el informante o su entorno, comunicar información falsa a sabiendas...); graves (limitaciones a los derechos de la ley que no lleguen a ser muy graves...) y leves. Para multas superiores a 600.000 €, se publicará la sanción y la identidad de los responsables.