Esta norma, aprobada a finales de 2019, prorroga diferentes medidas en materia tributaria, catastral y de seguridad social cuya vigencia iba a finalizar con la entrada del nuevo año.
Este real decreto-ley prorroga para el periodo impositivo 2020 los límites cuantitativos que delimitan en el IRPF el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva para las actividades económicas, con excepción de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, que tienen su propio límite cuantitativo por volumen de ingresos.
De igual forma, se prorrogan para el periodo impositivo 2020 los límites para la aplicación del régimen simplificado y el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, en el IVA. Además, este texto fija, mediante la pertinente disposición transitoria, un nuevo plazo para presentar las renuncias o revocaciones a los citados métodos y regímenes especiales. En segundo término, se extiende el mantenimiento del gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio al ejercicio 2020.
El debate ha arrancado con la intervención de la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, que ha defendido la necesidad de este real decreto-ley. Posteriormente han intervenido los representantes de los grupos parlamentarios, de menor a mayor representación, para fijar su postura. Al término del Pleno ha tenido lugar la votación, en la que se ha convalidado el real decreto-ley con 189 votos a favor, con 83 votos en contra y 72 con abstenciones.