Este año celebramos el Día Mundial de la Propiedad Intelectual inmersos en un debate que tiene a las patentes de las vacunas contra la COVID-19 como grandes protagonistas. Este es sin duda uno de los retos actuales del sistema de propiedad intelectual e industrial aunque no el único.

Día Mundial de la Propiedad Intelectual: ante nuevos retos

Tribuna Madrid
Energia renovable_medioambiente_imagen

Durante la pandemia hemos podido comprobar la gran relevancia que tienen los derechos de propiedad intelectual e industrial en nuestra sociedad, entre otros, fomentando el desarrollo de medicamentos que nos ayudan a combatir enfermedades y a mejorar nuestra calidad de vida, impulsando los avances tecnológicos que nos acercan a nuestros seres queridos a pesar de la distancia y también valorando la creatividad que alimenta la industria del entretenimiento, preciada compañera durante la pandemia.

Por ello, aprovechemos este 26 de abril para recordar y celebrar el papel que desempeñan los derechos de propiedad intelectual e industrial a la hora de valorar y fomentar la innovación y la creatividad, para que estas se puedan poner a disposición de la sociedad, ya que ese es el objetivo con el que el Día Mundial de la Propiedad Intelectual fue decretado por la ONU a través de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).

La promoción, recompensa y protección de la propiedad intelectual e industrial incentiva y anima a inventores y creadores a destinar nuevos recursos de tiempo, dinero, talento y esfuerzo a desarrollar nuevas invenciones y formas de expresión creativa. Estas a su vez mejoran, facilitan, embellecen y enriquecen nuestra vida impulsando el progreso humano y estimulando además el crecimiento económico y generando nuevos puestos de trabajo e industrias.

Este año celebramos el Día Mundial de la Propiedad Intelectual inmersos en un debate que tiene a las patentes de las vacunas contra la COVID-19 como grandes protagonistas. Muchos hemos pasado de la euforia y la esperanza con el anuncio de la llegada de las vacunas, al desánimo y a la desesperación causada por el lento ritmo de vacunación. Y es que las patentes de las vacunas contra la COVID-19 no escapan a los vaivenes emocionales que experimentamos durante esta pandemia. Por si esto fuera poco, el creciente clima de polarización que parece impregnarlo todo, tiende inevitablemente a situarnos en uno u otro extremo de dicho debate.

Siendo el objetivo común hacer frente al lento avance de la vacunación acelerando la producción y el acceso a las vacunas, hay quien defiende que la solución pasa por eliminar, liberar o suspender las patentes a las vacunas contra la COVID-19 y quien por el contrario aboga, por defender y fomentar la competencia entre empresas, dando lugar al desarrollo de nuevas vacunas alternativas. Este debate no es nuevo, pero sí presenta como novedoso el hecho de que esta vez se traslada a la sociedad en general al afectarnos a todos directamente y no solo a una minoría.

Parece injusto simplificar y limitar este debate a esos dos extremos sin ampliar el análisis a los mecanismos que prevé el complejo sistema de derechos de propiedad intelectual e industrial ante situaciones excepcionales.

Como todo sistema, el de la propiedad intelectual e industrial debe ser equilibrado, poniendo en un lado de la balanza los intereses de inventores y creadores y en el otro lado, el interés público. Este equilibrio solo se puede conseguir reconociendo y premiando la labor de los primeros y logrando que la sociedad se beneficie de su creatividad e ingenio.

Esto no quiere decir que el sistema de propiedad intelectual e industrial no pueda entrar en desequilibrios cuando el entorno en el que se encuentra sufra desajustes como los que conlleva una pandemia. Por ello, la legislación en materia de propiedad intelectual e industrial debe prever mecanismos que permitan reequilibrar la balanza ante situaciones excepcionales, debiendo ser estos además lo suficientemente ágiles para hacer frente a situaciones de urgencia como la actual.

En este sentido, la propia Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes (“Ley de Patentes”) prevé ciertos mecanismos que buscan garantizar que los derechos de exclusividad otorgados a los titulares de patentes no impidan o dificulten el acceso a las mismas por parte de la sociedad, lo que puede deberse, entre otros, a una producción o distribución insuficiente o a un precio abusivo.

Así, la Ley de Patentes establece en su artículo 90 la obligación de explotar la invención patentada por parte de su titular, bien por sí o por persona autorizada por él, de forma que dicha explotación resulte suficiente para abastecer la demanda en el mercado español.

La falta de explotación dentro del plazo de cuatro años desde la fecha de presentación de la solicitud de patente, o de tres años desde la fecha en que se publique su concesión, lo que ocurra más tarde, dará lugar a uno de los supuestos previstos en el artículo 91 de la Ley de Patentes para la concesión de licencias obligatorias. A través de dicho mecanismo, el solicitante de una licencia, previa justificación y a cambio de un canon de licencia, podrá pedir su concesión a falta de consentimiento del titular de la patente.

Como puede deducirse fácilmente, este supuesto, sujeto a unos plazos temporales, no daría respuesta a situaciones de urgencia como la provocada por la pandemia.

Por ello, el artículo 95 de la Ley de Patentes regula adicionalmente las licencias obligatorias por motivos de interés público, estableciendo que el Gobierno podrá someter, en cualquier momento, una solicitud de patente o una patente ya otorgada, al régimen de licencias obligatorias, disponiéndolo así por real decreto. Se considerará en todo caso que existen motivos de interés público cuando: a) la iniciación, el incremento o la generalización de la explotación del invento, o la mejora de las condiciones en que tal explotación se realiza, sean de primordial importancia para la salud pública o para la defensa nacional, b) la falta de explotación o la insuficiencia en calidad o en cantidad de la explotación realizada implique grave perjuicio para el desarrollo económico o tecnológico del país y c) las necesidades de abastecimiento nacional así lo exijan.

El real decreto al que se hace referencia deberá ser acordado a propuesta del Ministerio de Industria, Energía y Turismo (actualmente, Ministerio de Industria, Comercio y Turismo) y en los casos en que la importancia de la explotación del invento se relacione con la salud pública o con la defensa nacional, la propuesta deberá formularse conjuntamente con el ministro competente en materia de sanidad o de defensa, respectivamente. Igualmente, se deberá establecer para dicha licencia obligatoria el alcance, condiciones y el canon de licencia que percibirá el titular de la patente.

No obstante, para que estos mecanismos no creen inseguridad jurídica, deben emplearse exclusivamente ante situaciones excepcionales y cuando se tenga la certeza de que su aplicación va a ofrecer una solución al problema, lo que en el caso de las patentes para las vacunas contra la COVID-19, se traduce en acelerar la producción y el acceso a las vacunas.

Con toda seguridad, la solución que se alcance no contentará a todos los agentes involucrados y esta realidad pone al actual sistema de propiedad intelectual e industrial en el punto de mira. Aprovechemos por ello esta oportunidad para llevar a cabo un análisis crítico sobre si se deberían adaptar los mecanismos actuales, su flexibilidad y su agilidad para poder hacer frente mejor a situaciones tan extraordinarias como la actual.

Este es sin duda uno de los retos actuales del sistema de propiedad intelectual e industrial aunque no el único: la imparable aceleración del ritmo de los desarrollos tecnológicos, unido al gran impulso experimentado en el proceso de digitalización de todos los sectores a raíz de la pandemia, exige dotar al sistema de propiedad intelectual e industrial de mecanismos adecuados y flexibles que garanticen una adecuada protección y explotación de las tecnologías resultantes ya bien sea dándoles cabida en las actuales herramientas del sistema o creando herramientas nuevas. Si hay una tecnología que merece especial atención por su destacada aportación a la transformación digital de ciertos sectores como el industrial, esa es la Inteligencia Artificial, que aplicada a la Industria 4.0 tiene sin duda un gran impacto en la automatización y robotización de los procesos industriales, avanzando hacia una fábrica inteligente y conectada, con plantas de producción más eficientes y flexibles. Esto unido al continuo proceso de innovación que ha sido y seguirá siendo crucial en sectores industriales como el de la movilidad, son la clave para que los proveedores de componentes sigan aportando gran parte del valor añadido de los vehículos que se fabrican.

La irrupción de la Inteligencia Artificial en todos los ámbitos, la coloca sin duda en el foco de muchos debates morales y jurídicos, como demuestra la publicación de la Propuesta de Reglamento sobre Inteligencia Artificial presentada por la Comisión Europea el pasado 21 de abril de 2021, con el objetivo de recoger un marco regulatorio de esta tecnología.

Consciente de su relevancia en el ámbito de la propiedad intelectual e industrial, también la OMPI viene organizado y celebrado desde septiembre de 2019 distintas sesiones del encuentro “Diálogo de la OMPI sobre Propiedad Intelectual e Inteligencia Artificial” con el fin de ofrecer un foro mundial para intercambiar puntos de vista sobre diversos temas relacionados con la Inteligencia Artificial en el contexto del sistema de propiedad intelectual. Uno de los debates en el seno de la propiedad intelectual se centra en si aquellas obras creadas sin apenas intervención humana, mediante Inteligencia Artificial, pueden ser objeto de protección por derechos de autor, y en la autoría de estas.

Esta pandemia ha sacudido a todos los sectores, incluidos aquellos más vinculados a la propiedad intelectual e industrial, es por ello que, junto al gran reto de superar el impacto emocional causado por la pandemia, tenemos por delante como sociedad global el reto de la recuperación económica. En este sentido, este año el lema elegido para el Día Mundial de la Propiedad Intelectual 2021 es “La Propiedad Intelectual y las pymes: Para que las ideas lleguen al mercado”, con el que se quiere destacar el papel fundamental de las pymes en la economía y en este proceso de recuperación económica que debemos afrontar en medio de un contexto difícil y poner de relieve la manera en que las herramientas del sistema de propiedad intelectual e industrial, pueden ayudar a que las ideas lleguen al mercado y a crear empresas más sólidas, competitivas y resistentes.


ElDerecho.com no comparte necesariamente ni se responsabiliza de las opiniones expresadas por los autores o colaboradores de esta publicación