La Carta establece nueve principios que sirven como indicadores de los estándares éticos fundamentales y que se exigen tanto a los responsables de los servicios de inspección judicial como a los propios inspectores. El texto se publicará en el sitio web de la Red Europea de Servicios de Inspección de Justicia y en el de cada servicio de inspección que es miembro de la citada red.
En su preámbulo, la Carta señala la necesidad de adoptar normas y principios éticos comunes que promuevan la independencia de las inspecciones judiciales, así como su objetividad e imparcialidad. Su redacción se ha llevado a cabo teniendo en cuenta la diversidad de marcos jurídicos y tradiciones nacionales y aprovechando esa diversidad para definir los principios y normas éticos.
Entre los principios que se consideran fundamentales figuran la independencia, que se interpreta como un derecho y una obligación de la autoridad de inspección y que supone su sujeción a la ley y al derecho, al margen de cualquier influencia externa; la imparcialidad, como ausencia de prejuicios en el ejercicio profesional de la inspección, garantizando la igualdad de trato y evitando conflictos de intereses que pudieran mermar la confianza en el servicio.
También destacan la integridad como principio que garantiza la honestidad; la confidencialidad y discreción profesional; la equidad, como establecimiento objetivo de los hechos y de su interpretación; la lealtad; la moderación y cortesía; la competencia y cualificación; la y transparencia de las inspecciones realizadas, cuyo fin es sensibilizar a la opinión pública y aumentar el impacto del trabajo de los servicios de inspección.