El CGPJ y el Defensor Andaluz comparten el interés en promover la mediación administrativa como vía complementaria para la solución de conflictos con la finalidad, mediante nuevas herramientas, de llegar a soluciones satisfactorias para las pretensiones de las partes en litigio. Entre las medidas, el Defensor del Pueblo andaluz y el CGPJ impulsarán el diseño y puesta en marcha de un proyecto piloto práctico, que tiene como objetivo la posibilidad de derivar asuntos desde la jurisdicción contencioso-administrativa al Defensor del Pueblo andaluz, en el marco de sus competencias.
La mediación intrajudicial en el ámbito administrativo ofrece una alternativa a las dificultades propias de la jurisdicción –como son la complejidad de acceso a la misma, las dilaciones en la tramitación, los costes y formalidades del proceso y el incremento de la litigiosidad- y supone un cambio de la relación entre las administraciones públicas y el ciudadano. Asimismo, permite una mejor comprensión del proceso para las partes.
Proceso voluntario
La mediación aplicada a los conflictos entre los ciudadanos y la Administración Pública tiene unas características propias, derivadas de la propia naturaleza de las partes en litigio. La vinculación de la Administración al principio de legalidad puede llegar a condicionar y a limitar la posibilidad de encontrar soluciones acordadas. Por ello, las particularidades de la mediación en este ámbito exigen tener en consideración y equilibrar, en cada caso, los fines propios de la Administración pública (defensa del interés general), con la buena gobernanza y la necesidad de que la Administración promueva la confianza de los ciudadanos, escuchando y reconociendo sus discrepancias, pero sin dejar de lado los intereses públicos.
Mediante el convenio firmado, el CGPJ y el Defensor Andaluz se comprometen a impulsar la mediación administrativa y la implantación de la mediación intrajudicial contencioso-administrativa bajo los principios básicos de voluntariedad, igualdad de trato para las partes e imparcialidad de los mediadores, neutralidad y confidencialidad; y a seguir el modelo establecido en la Guía de Mediación contencioso-administrativa del CGPJ y, en su caso, del protocolo que se elabore para las intervenciones mediadoras del Defensor del Pueblo Andaluz.
Ambas partes se comprometen también a analizar el resultado de la actividad mediadora y a hacer públicos los datos, así como a velar para que la mediación que se desarrolle en sus respectivos ámbitos (juzgados u Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz) sea de calidad.