JORNADA/VIOLENCIA DE GÉNERO

El Colegio de Abogados de Granada profundiza en los criterios para realizar el interrogatorio a las víctimas

Noticia

El Colegio de Abogados de Granada celebró el pasado 20 de mayo una jornada para formar a los letrados y especialistas en violencia de género sobre como dar una atención de mayor calidad a las víctimas de violencia.

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Facilitar la armonización del interrogatorio a la víctima de violencia de género, respetando el derecho a la intimidad y dignidad de la persona, con el test de credibilidad de ésta ha sido el tema central de la jornada práctica desarrollada por el Colegio de Abogados de Granada el pasado 20 de mayo. con el objetivo de "formar a los letrados y especialistas en la materia para dar una atención de mayor calidad a las víctimas de violencia de género", según ha expresado la presidenta del Grupo Especializado en esta materia, Montserrat Linares Lara.

La doctora en Derecho y Comunicación María José Fernández-Fígares Morales ha sido la encargada de transmitir las pautas y criterios para llevar a cabo el proceso de indagación en virtud del reciente Estatuto de la Víctima, aprobado por la Ley 4/2015 de 28 de abril, en el que se valora el sufrimiento moral que supone para la víctima el hecho delictivo.

"Este nuevo estatuto ha tenido repercusión en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, pero no existen unas instrucciones claras de cara a los abogados en cuanto a la práctica del interrogatorio, las cautelas que deben adoptarse durante el proceso o las normas a la hora de practicar las preguntas", ha explicado Fernández-Fígares, durante la charla, presentada por Fernando Conde, diputado tercero del Colegio de Abogados de Granada.

Dada la mayor sensibilización en torno a la víctima que incorpora la normativa, la también profesora asociada de Derecho Procesal de la Universidad Autónoma de Madrid y especialista en Estrategia de Litigación y Oratoria Procesal ha tratado cómo la indagación debe evitar cuestiones relacionadas con la vida privada de la víctima, y la repercusión que ello supone en cuanto a cómo se va a realizar el interrogatorio al acusado como vía para suplir determinados aspectos no desarrollados.