Dicha ley establece un sistema basado en tres niveles de protección: un nivel mínimo establecido por la Administración General del Estado y a la que le corresponde su financiación; un segundo nivel que se acuerda entre la Administración General del Estado y cada una de las comunidades autónomas; y un último nivel adicional que pueden establecer las Comunidades Autónomas que lo estimen conveniente y que sea financiado exclusivamente por ellas.
Las comunidades autónomas son las encargadas de gestionar las ayudas y las que finalmente determinan las prestaciones efectivamente reconocidas, así como el importe que debe hacer efectivo la Administración General del Estado en concepto de nivel mínimo de protección garantizado, según informa el Gobierno.
La estimación del importe acordado este martes se realiza teniendo en cuenta el número de personas beneficiarias con prestación reconocida y efectiva y los grados de situación de dependencia, teniendo cada grado asociada una cantidad de nivel mínimo.
En la actualidad, las citadas cantidades se encuentran establecidas en el Real Decreto 1082/2017, de 29 de diciembre, por el que se determina el nivel mínimo de protección garantizado a las personas beneficiarias del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.