LIBRO ELECTRÓNICO

El IVA de los libros electrónicos no se reduce

Noticia

El bloqueo de la República Checa impide que los ministros de Economía y Finanzas de Europa lleguen a un acuerdo con respecto al IVA de libros electrónicos y publicaciones digitales.

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Los ministros de Economía y Finanzas de la Unión Europea (Ecofin) no han conseguido la unanimidad necesaria para aprobar la norma que permitiría a los países aplicar un IVA reducido a los libros electrónicos y a las publicaciones digitales.

Según se desprende de la información facilitada por europapress, las declaraciones del ministro de Economía, Industria y Competitividad, Luis de Guindos refieren que "como consecuencia de las observaciones de Francia y Eslovenia en el tema de la inversión del mecanismo del IVA ha habido un país, Chequia, que ha paralizado el tema de las publicaciones digitales".

El ministro de Finanzas de Malta, Edward Scicluna ha confirmado que "a pesar de todos los esfuerzos de la presidencia y de todas las discusiones (...) es necesario informar de que en el encuentro celebrada la semana pasada no se pudo conseguir la unanimidad requerida para las medidas fiscales en ninguna de las propuestas.

Una paralización "desafortunada"

El titular español de Economía ha lamentado en una rueda de prensa la "paralización" de estas dos medidas, que ha calificado como "desafortunada", al mismo tiempo que ha afirmado que "mezclar temas" que no están relacionados "no es lo que necesita Europa". En todo caso, ha confiado en que los ministros sean capaces de conseguir un consenso en su reunión de julio.

La normativa permitiría a los países, una vez que sea aprobada, aplicar un IVA reducido a 'ebooks' y publicaciones digitales. Los libros electrónicos están actualmente gravados en la UE con un tipo mínimo estándar del 15%.

Normativa española

En el caso de España, las publicaciones electrónicas están sometidas a un tipo general del 21%, frente al tipo reducido del 4% que se aplica al formato físico, pero ministro de Economía, Industria y Competitividad, Luis de Guindos, ya avanzó que España equiparará ambos tipos si finalmente se aprueba la medida.

La otra medida que no ha sido posible aprobar  es permitir en ciertas ocasiones la inversión del sujeto pasivo del IVA, mediante la cual la obligación ante Hacienda de operaciones entre empresas con un valor de más de 10.000 euros recaería sobre la empresa compradora en lugar de sobre la compañía vendedora.

Por el contrario, los Veintiocho sí han alcanzado un acuerdo para crear un nuevo tipo de deuda senior no garantizada en la jerarquía de instrumentos que asumirían pérdidas en casos de insolvencia de entidades financieras. Este nuevo instrumento, que ya existe en algunos países del bloque comunitario, asumiría pérdidas después de los accionistas y los propietarios de deuda subordinada y antes que bonistas senior y depositantes.