Los artículos impugnados son el 15.2 y el 24.2.a) y b) de la Ley, que según la Generalitat invaden sus compentencias porque atribuyen al Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) la postestad de acreditar, evaluar o inscribir centros o iniciativas de formación profesional si actúan en más de una comunidad.
La vulneración por esta norma de las competencias catalanas fue avisada por el Consell de Garanties Estatutàries el pasado mes de octubre, según recordó en su día en rueda de prensa la portavoz del Govern, Neus Munté,.
En la providencia dada a conocer este martes, el tribunal de garantías acuerda dar traslado de la demanda al Congreso de los Diputados, al Senado y al Gobierno, que disponen de un plazo de quince días para personarse en el procedimiento y formular alegaciones.
La admisión a trámite no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo del citado asunto, que el Tribunal resolverá en próximas fechas.