
El tribunal considera, de acuerdo con el criterio de la Fiscalía, que la sanción impuesta por la Diputación Provincial de Lugo adquirió una naturaleza "resarcitoria" que vulneró los derechos del funcionario. Ordena retrotraer las actuaciones al momento anterior a la sentencia contencioso-administrativa por la que se rechazó el recurso del agente contra la sanción.
El agente forestal fue sancionado en febrero de 2012 como presunto autor de una falta muy grave prevista en la ley de carreteras de Galicia, consistente en destruir instalaciones o elementos de la carretera, después de que sufriera un accidente cuando transitaba por la carretera LU-2995 y, debido a su falta de atención, se saliera de la vida y colisionara contra una barrera mixta de madera y metal.
El demandante interesó que se aportara un informe sobre el número de accidentes acaecidos en dicha vía y si se había sancionado en el mismo sentido a los conductores de los vehículos. Dicha prueba le fue rechazada.
El tribunal de garantías, al igual que el Fiscal, no encuentra vulneración de derechos en el hecho de que no se le dejara presentar dicha prueba, ya que su resultado no era primordial en términos de defensa.
Cree sin embargo que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Lugo que rechazó el recurso del agente contra la Administración lesionó su derecho a obtener una resolución fundada y a la legalidad en materia sancionadora, al atribuir a la resolución dictada por la Diputación Provincial de Lugo "una naturaleza resarcitoria" que no había sido sometida a debate por las partes durante el procedimiento judicial.

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