En la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, el Alto Tribunal desestima el recurso interpuesto por UGT, CC.OO., CSIT-UP y CSIF-F contra la sentencia de abril de 2012 en el procedimiento promovido por los ahora recurrentes contra la Comunidad sobre el citado convenio colectivo.
La instrucción de la Administración autonómica venía recogida en la Ley Autonómica de Medidas Fiscales y Administrativas aprobada el 28 de diciembre de 2012.
Los magistrados del Supremo destacan que la "ley prevalece sobre el convenio". "No es este el caso de una modificación de las condiciones de trabajo acordada unilateralmente por el empresario, por lo que la negociación, si la hubiere, no resulta obligatoria y, en todo caso, habría de contraerse a instrumentar la reducción impuesta por mandato legal", señala.