En las pasadas elecciones se produjo en dicha localidad un empate a 56 votos entre PSOE y PP, tras lo que los socialistas impugnaron el mencionado voto de los 'populares' al contener el sobre dos papeletas, una con la lista del PP y otra en blanco, sufragio que había recibido el visto bueno de la mesa electoral.
La Junta Electoral de Zona de Motilla del Palancar ratificó la decisión de la mesa electoral de considerar el voto válido, pero los socialistas volvieron a recurrir esta decisión ante la Junta Electoral Central, que invalidó el sufragio del PP, decantando la balanza a favor del PSOE.
Ante esta situación, el PP impugnó la decisión de la Junta Electoral Central ante el TSJCM, que ha ratificando la decisión de la Junta Electoral Central, por lo que los socialistas podrán gobernar con mayoría absoluta en el municipio.
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, "la contradicción de las dos papeletas y su carácter excluyente implica incompatibilidad entre ambas, por lo que no resulta posible determinar la voluntad categórica del elector y no se puede dar el voto como válido".
Ante esta sentencia no cabe recurso ordinario, sin perjuicio del posible recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.