Así lo permite el aumento del techo de gasto que el Consejo de Ministros de este martes aprobó para el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el Departamento que avalará a través del ICO estos préstamos, de los que estima se podrán beneficiar unos 450.000 inquilinos.
Esta línea de créditos, cuyo importe global aún no había transcendido, constituye una de las 'medidas estrella' del plan de ayudas para el alquiler que el Ejecutivo aprobó hace quince días.
En virtud del aumento del techo de gasto autorizado, el importe global de préstamos a avalar por el Estado a través del Departamento que dirige José Luis Ábalos será de 1.200 millones de euros, detallaron a Europa Press en fuentes de este Ministerio.
"Esta autorización permite elevar el nivel de gasto comprometido y las anualidades para hacer frente a este compromiso", añaden.
La medida tiene como objeto alcanzar un acuerdo con el ICO para establecer una línea de avales con cobertura total del Estado que cubra los préstamos que los inquilinos en dificultades puedan solicitar en los bancos que se sumen a la línea.
Así, las personas que vivan de alquiler en una vivienda cuya titularidad sea de un particular (el 85% de los casos) y cuya situación económica se haya visto afectada por la crisis podrán pedir uno de estos préstamos a través de su entidad financiera para pagar hasta seis meses de alquiler.
Los préstamos no suponen ni gastos ni intereses para quien los solicite que, además, contará con un plazo de seis meses para devolverlo.
Además, el banco abonará directamente el importe del préstamo al propietario del piso que, de esta forma, se evita la incertidumbre de un eventual impago del inquilino.
Requisitos
Para poder acceder a uno de estos créditos, el inquilino debe acreditar que, a consecuencia de la crisis, se encuentra afectado por un expediente de regulación de empleo temporal (ERTE) o ha visto reducida su jornada por motivo de cuidados.
Así, la unidad familiar no debe haber alcanzado, el mes previo de solicitar la ayuda, ingresos conjuntos que superen tres veces el IPREM. Esta ratio se incrementará en 0,1 veces por cada persona mayor de 65 años o cada hijo a cargo en la unidad familiar, en este caso, en 0,15 en caso de unidad familiar monoparental.
Además, el importe de la renta a pagar, sumado a los gastos por suministros básicos de la vivienda, debe ser igual o superior al 35% de los ingresos netos del conjunto de los miembros de la unidad familiar.
Se entiende por suministros básicos la electricidad, el gas, el gasoil para calefacción, el agua corriente, los servicios de telecomunicación fija y móvil, y las posibles contribuciones a la comunidad de propietarios, todos ellos de la vivienda habitual que corresponda satisfacer al arrendatario.
Consulta la Guía práctica para la gestión de tu empresa por el COVID-19 actualizada con las últimas novedades legislativas aprobadas por el Gobierno. Además, toda la información sobre la crisis sanitaria, con actualización continua, está en nuestro especial Coronavirus