CÓDIGO PENAL

Gómez-Acebo & Pombo elabora el informe: “La responsabilidad de los Administradores y Directivos en España ante la reforma del Código Penal”

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De la mano de Chartis, analiza los principales aspectos del nuevo régimen penal desde el punto de vista legal, y desde la operativa de una póliza de D&O

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El despacho de abogados Gómez-Acebo & Pombo, de la mano de la aseguradora Chartis Europe en España, ha elaborado el informe: "La responsabilidad de los Administradores y Directivos en España ante la reforma del Código Penal". Con la reforma del Código Penal, que entró en vigor en diciembre del año pasado, el informe analiza los principales aspectos del nuevo régimen penal desde el punto de vista legal y desde la operativa de una póliza de Responsabilidad Administradores y Directivos (también conocido como seguro de D&O).

Una reforma que afecta de lleno al régimen de responsabilidad de los Administradores y Directivos

El cambio normativo afecta de lleno a la gestión diaria de los Administradores y Directivos incrementando su riesgo en el ámbito penal. La reforma se concentra en tres aspectos fundamentales:

1. Reconocimiento de la responsabilidad penal de las personas jurídicas para aquellos delitos establecidos expresamente en el Código Penal.

2. Modificación de los delitos existentes, añadiendo nuevas modalidades delictivas.

3. Inclusión de nuevos tipos delictivos y agravación de las penas de otros tipos ya existentes.

Problemática surgida por la redacción dada a determinados tipos delictivos

El informe de Gómez-Acebo & Pombo analiza, así mismo, la problemática surgida a raíz de la redacción dada a determinados tipos delictivos: determinar qué actos que anteriormente constituían una simple infracción administrativa, hoy constituyen un delito; y qué acciones que antes podían provocar una acción civil de responsabilidad contra los administradores o una demanda de impugnación de acuerdos, son ahora considerados delitos societarios o contables.

Tipos delictivos que han visto incrementada la sanción penal con motivo de la reforma

La reforma del Código Penal ha continuado el camino de la progresiva criminalización de conductas relacionadas con el ámbito empresarial. De este modo, el informe de Gómez-Acebo & Pombo dedica un apartado especial a analizar los tipos delictivos que han visto aumentada la sanción penal hasta ahora prevista, tales como: los delitos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social; incremento hasta cuatro años de la pena privativa de libertad, y de la de inhabilitación para el caso de llevar a cabo construcciones no autorizadas en suelos destinados a viales, zonas verdes, etc, para el caso de los delitos sobre la ordenación del territorio y el urbanismo; aumento hasta cinco años la pena privativa de libertad para el caso de determinados delitos medioambientales.

Los nuevos delitos introducidos por la reforma

Además de las líneas básicas de la reforma, ya comentadas, Gómez-Acebo & Pombo destaca los nuevos delitos bursátiles, como la difusión de rumores falsos para alterar la cotización, o las falsedades en la información relativa a la cotización, el delito de corrupción entre particulares que extiende los escenarios de corrupción –tradicionalmente asociados al ámbito público- al entorno de la empresa privada, el nuevo delito de acoso laboral o mobbing.

Una reforma con impacto económico. Idoneidad de la suscripción de un seguro

Gómez-Acebo & Pombo dedica un apartado especial en su informe al impacto económico de la reforma en el patrimonio personal de los Administradores y Directivos. Principalmente, por los gastos procesales que puede implicar la tramitación y resolución de los procedimientos penales.

Así mismo, el despacho de abogados argumenta la idoneidad de la suscripción de un seguro y de la existencia de un adecuado programa de prevención de la comisión de ilícitos penales para prevenir imputaciones penales y el impacto económico derivado de ellas.

En opinión de Carlos Sáiz Díaz, socio de Gómez-Acebo y Pombo: ―"Ante el incremento exponencial de riesgos que la reforma del código penal ha supuesto para las empresas y sus administradores, derivados de la posibilidad de incriminar a la propia sociedad, de los nuevos delitos y del incremento de las penas, la implantación por parte de las entidades mercantiles de rigurosos programas de prevención de imputaciones delictivas constituirá el único arma de defensa para protegerse de dichas responsabilidades penales, ya que con ello podrá acreditarse ante los Jueces y Tribunales la existencia en la entidad de sistemas de control sobre sus empleados y directivos. Este sistema de protección deberá pivotar sobre tres pilares: el análisis de los riesgos de la compañía, la implantación de programas y códigos de conducta, y un plan de formación continuada de toda su plantilla en el que se difundan los contenidos del programa".

Para Benedetta Cossarini, directora del Departamento de Líneas Financieras de Chartis Europe en España: ―"Los Seguros de D&O tiene como fundamental objetivo la protección del patrimonio personal de los administradores y directivos, por tanto son los individuos los que se benefician de la protección otorgada por esta póliza. Esta idea coincide con el incremento del riesgo penal que para los gestores de empresas ha introducido la reforma del Código Penal, que hace más necesario que nunca que los administradores y directivos cuenten con una solución aseguradora eficaz".