La Comisión Permanente aprueba la modificación de la Guía de buenas prácticas para adaptarla a la nueva estrategia sanitaria frente al COVID-19

El Poder Judicial recomienda el uso de la mascarilla en las sedes judiciales

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La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha aprobado la actualización de la “Guía de buenas prácticas para la reactivación de la actividad judicial y adopción de medidas de salud profesional para la prevención de contagios es sedes judiciales”, a la que se han incorporado las previsiones del Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, con el fin de adecuarla a la nueva estrategia de actuación frente a la pandemia.

Mascarilla y CGPJ-img

Desde su puesta en marcha en abril de 2020 como parte del “Protocolo de actuación para la reactivación de la actividad judicial y salud profesional”, la Guía ha sufrido ya varias revisiones y actualizaciones acordes con la evolución de la crisis sanitaria causada por el COVID-19 y los con los criterios sanitarios vigentes en cada momento.

La Guía aprobada este viernes advierte, no obstante, de que se deberá valorar a nivel individual la conveniencia o no de usar la mascarilla de acuerdo con la pertenencia a grupos de mayor vulnerabilidad, la vacunación y la actividad y comportamiento social, circunstancias que pueden incrementar el riesgo de transmisión del virus.

La Guía está dirigida a los miembros de la Carrera Judicial en activo, a los órganos de gobierno del Poder Judicial y, para su aplicación en las actividades formativas presenciales, a la Escuela Judicial y al Servicio de Formación Continua del CGPJ. En ella, se establecen las medidas que deberán adoptar, en cada caso, las personas que presenten síntomas leves (hayan dado o no positivo), las personas infectadas, los contactos estrechos, los pertenecientes al colectivo de personas vulnerables y las personas con enfermedades subyacentes graves.

Sin perjuicio del cumplimiento de dichas medidas, la Guía recomienda el uso responsable y continuado de mascarillas en espacios cerrados, especialmente salas de vistas y salas de declaraciones, juzgados de guardia donde no se pueda guardar la distancia mínima de seguridad y lugares donde se produzcan aglomeraciones; en desplazamientos a centros penitenciarios, sanitarios o residencias de ancianos y durante los desplazamientos en vehículos compartidos.

También establece medidas colectivas como mantener la ventilación y temperatura adecuadas y la limpieza y desinfección diaria de equipos de trabajo de uso compartido, salas de vistas y de deliberación, despachos, salas de espera, aseos, ascensores, áreas de calabozos o zonas de trabajo donde se haya comunicado un positivo.