COMENTARIO

Incidencia en la obtención de compensación económica del art. 1438 CC de una breve incursión en el mundo laboral por parte de quien la reclama

Noticia

Comentario realizado por la Redacción de Lefebvre o alguno de sus colaboradores sobre una sentencia o consulta jurídica relevante

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EDE 2018/503864

Fecha de la consulta: 17 de mayo de 2018

Planteamiento

¿Es necesario para la indemnización del art. 1438 CC que la esposa en separación de bienes nunca haya trabajado fuera del hogar o puede ser viable esta pensión con un trabajo esporádico?

Respuesta

Para tener derecho a esta indemnización, que pretende compensar una dedicación pasada a las tareas domesticas y cuidado de la familia, en principio es necesario que:

a) rija el sistema de separación de bienes,

b) que haya habido una dedicación esencial y exclusiva, aunque no excluyente a esas tareas y

c) quien la solicite, no compagine esas dedicaciones a la casa con trabajos por cuenta ajena.

Ahora bien el TS, cómo se recoge el artículo publicado en la Tribuna de la Revista de Derecho de Familia núm. 55 de septiembre de 2017, de D. Ángel Campo Izquierdo, Magistrado de la AP de Asturias, “La compensación por el trabajo para la casa en régimen de separación de bienes (art. 1438 CC) desde la perspectiva del TS” (EDO 2017/509267), cuya lectura le será de sumo interés, ha mitigado este tercer elemento si quien solicita la pensión trabajaba en empresa familiar del otro cónyuge.

Sirvan también las Sentencias de la AP Valencia de 24 de enero de 2013 (EDJ 2013/141070) y de AP Castellón de .3 de noviembre de 2011 (EDJ2011/341626)

En principio no se puede dar una respuesta afirmativa o negativa, pues dependerá de lo que se pruebe y acredite, en relación a que periodicidad tenían esos trabajos, que rendimiento se obtenía de los mismos y que se hacía con los ingresos que se obtenían de los mismos.

En principio, si hablamos de trabajos muy puntuales, de escasa duración y con pocos ingresos, y ha habido realmente esa dedicación a las tareas del hogar, con pérdida de expectativas laborales y progresión económica, entendemos que no sería obstáculo para obtener dicha indemnización, Pero habría que ver y valorar todas las circunstancias del caso concreto.

También le resultará de gran utilidad la lectura del comentario del producto Derecho de Familia titulado "Levantamiento de las cargas del matrimonio en caso de régimen de separación de bienes" (EDC 2000/98700).