En el auto, la jueza insiste en que es “prudente” avalar las medidas preventivas adoptadas, “sin hacer exclusión de algún municipio en el que el virus tuviera aún poca incidencia”

El Juzgado avala las medidas tomadas por la Xunta para evitar la propagación de la COVID-19 en A Mariña (Lugo)

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El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Lugo ha ratificado las medidas sanitarias adoptadas por la Xunta en la orden del pasado 5 de julio con la finalidad de controlar la transmisión del coronavirus en el distrito sanitario de A Mariña, formado por los municipios de Alfoz, Barreiros, Burela, Cervo, Foz, Lourenzá, Mondoñedo, Ourol, Ribadeo, Trabada, O Valadouro, O Vicedo, Viveiro y Xove. Además, la jueza ha denegado en el auto ordenar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que presten auxilio preventivo y, en su caso, coercitivo, proporcionalmente, para hacer efectiva la ejecución de las medidas adoptadas.

Actividad judicial covid19

“Considero que no suscita debate que la medida solicitada persigue un fin constitucionalmente legítimo; que su adopción se encuentra amparada por una norma con rango legal; y que existe proporcionalidad, de manera que es idónea y necesaria a los fines constitucionalmente legítimos que se pretenden, sin implicar un sacrificio desmedido”, destaca la magistrada, quien recuerda que “va a ser objeto de evaluación continuada cada cinco días y puede ser dejada sin efecto si los datos arrojados con los medios que se disponen así lo aconsejan”.

La titular del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Lugo destaca que la actuación del Gobierno gallego está justificada por “el alto nivel de contagios existente”, así como por la “rápida propagación” del coronavirus, pues cuando la ratificación de la medida fue solicitada por la Xunta constaban 99 personas infectadas en la zona.

En el auto, la juez insiste en que es “prudente” avalar las medidas preventivas adoptadas, “sin hacer exclusión de algún municipio en el que el virus tuviera aún poca incidencia”. Así, indica que es “lógico pensar” que al ser contiguos territorialmente, se pueda producir “un intenso tránsito o intercambio entre ellos”. La magistrada también apunta que, a la hora de ejecutarse las medidas sobre la superficie afectada, “podría dificultarse su efectividad e, incluso, la labor de las fuerzas y cuerpos de seguridad de vigilar el trasvase circulatorio” si algunos municipios de A Mariña quedasen excluidos.

En cuanto a la denegación de ordenar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que presten auxilio preventivo y, en su caso, coercitivo, la jueza advierte que no le corresponde a ella “entrometerse en la labor de coordinación” de los efectivos que se encargan de acometer la orden de la Xunta. Así, considera que es “una labor administrativa y no judicial”.