El fallo corrobora las conclusiones emitidas por el Juzgado de Primera Instancia número 16 de Madrid y condena al facultativo a abonar una cantidad de 40.000 euros a la paciente afectada, además de imponer al recurrente las costas del recurso.
El caso ha sido tramitado por los servicios jurídicos de la asociación 'El Defensor del Paciente' al entender que el paciente había incurrido en una 'mala praxis' médica por no haber informado convenientemente a la paciente sobre los riesgos que podían derivarse de la intervención durante las dos primeras sesiones.
La sentencia de la Audiencia Provincial constata que se produjeron secuelas tras la operación y que ello derivó en un empeoramiento del aspecto de la paciente, con una serie de cicatrices, pigmentaciones, caída de párpados y asimetría entre los ojos de las que carecía en su rostro previamente a la operación estética.
"En el presente caso, la información se proporcionó a la paciente en las dos primeras intervenciones de modo insuficiente. No puede estimarse salvada dicha falta de información por el hecho de que la actora suscribiera los consentimientos informados", expone el fallo.
Respecto a la sentencia, la asociación 'El Defensor del Paciente' afirma que a la paciente no se le realizó ninguna prueba preoperatoria. La mujer fue intervenida quirúrgicamente el 23 de Febrero de 2004, efectuándose reintervenciones el 3 de Junio de 2005, siendo tratada posteriormente mediante 'Láser Erbio' el 27 de octubre de 2006. El 6 de marzo de 2007 fue reintervenida por última vez.
También sostiene que el cirujano condenado acumula decenas de denuncias en los Juzgados. Al respecto, se solicitó desde la asociación una petición de investigación a la Fiscalía de Madrid aportando dados de casi una veintena de afectados.