Entrevistamos a la abogada Beatriz Gil Vallejo, fundadora del despacho GIL TEIXIDÓ ABOGADOS, con ocasión de haber realizado el pasado día 2 de mayo la primera vista totalmente telemática en las dependencias de la Ciudad de la Justicia de Barcelona.
1.- Beatriz para aquellos de nuestros lectores que desconocen la noticia ¿podría indicarnos brevemente la situación jurídica de partida que propició todo ello?
Yo me encontraba de guardia el pasado sábado en el turno de violencia de género. Desde el Colegio de Abogados de Barcelona me comunicaron varias asistencias y me indicaron que la asistencia al detenido los abogados la podíamos hacer de forma telemática estando el detenido en calabozos de la comisaria y conectando con la comisaria accediendo al link que recibiría. Sin embargo, mi sorpresa fue que se me indicó que la asistencia en el juzgado debería ser presencial. Se había convocado una comparecencia de Orden de protección del art. 544 ter LECRIM pero a diferencia de lo que ocurre normalmente no se celebraría en el juzgado de guardia sino en una Sala de Vistas conectando con el detenido que estaba en dependencias policiales telemáticamente. Sin embargo se me indicó que no estaba previsto en la Ciudad de la Justicia de Barcelona la actuación telemática para los abogados y que debíamos asistir presencialmente ya que “la plataforma virtual no permitía la conexión virtual a más de dos bandas” lo que finalmente se demostró que no se correspondía con la realidad.
2.- Por lo que ha trascendido, jurídicamente su petición venía apuntalada en su derecho a la salud, invocando el art. 35 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y el art. 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. ¿Es así?
3.- ¿Considera que la situación actual de crisis propiciada por la COVID-19 merma o dificulta los derechos de los abogados que les asisten en el ejercicio de su profesión?
Los derechos de los abogados respecto al derecho a la salud, en mi opinión han quedado protegidos con la aprobación de la norma que acabo de citar. Otra cosa distinta es que el ejercicio normal se vea dificultado obviamente al adaptarse a dichas medidas ya que a nadie se le escapa lo excepcional de la situación. Pero esta excepcionalidad la han vivido todos los ámbitos, desde el comercio al educativo en el que se han visto obligados a adaptarse para poder seguir el curso escolar. Sin embargo, a la Justicia le cuesta siempre adaptarse mucho más que al resto de los sectores y normalmente este hecho viene siendo aceptado por todos porque se ha instalado ya en nuestra cultura que “Justicia is diferent”…
4.- ¿Qué dificultades procesales entraña el acordar y desarrollar una vista totalmente telemática como la que usted ha realizado?
Evidentemente se ve afectada la inmediación, es decir la percepción directa de lo que está pasando en sala desde donde estaba declarando en este caso la testigo (víctima) y también la comunicación directa con nuestro cliente que lo vemos a través de nuestra pantalla. Por eso es muy importante que los medios tecnológicos estén a la altura y por ejemplo no se “cuelgue” el sistema o que se pueda proporcionar una audición de calidad en la sala.
5.- Con la aprobación de la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil, a partir del 1 de enero de 2016 se anunció que el sistema telemático llegaba a la Justicia para facilitar la presentación de escritos y documentos. Luego llegaría LexNet y así, hasta ahora. ¿Qué cree que falta o sobra a fecha de hoy en el ámbito tecnológico de la Justicia para que podamos alcanzar la situación de una eficaz y sostenible modernización de la misma?
Se han hecho esfuerzos en justicia para su modernización como el hecho de que presentemos las demandas y documentación a través de sistemas telemáticos (LexNet) sin embargo Justicia sigue anclada en el S. XIX. En los Juzgados de Instrucción se sigue pidiendo a los abogados que faciliten su FAX para comunicarse con ellos. Es sólo un ejemplo de que en justicia hay dos retos que superar: el tecnológico y el psicológico. El personal no está formado ni preparado para trabajar con los medios tecnológicos del S.XXI. Por seguir con mi experiencia en la pasada guardia le diré que el juzgado me envió el Auto de la resolución de la comparecencia que se celebró telemáticamente en un correo electrónico pegando el texto del Auto en el texto de mail en lugar de enviarme el Auto en un PDF adjunto al mail. ¡Imagínese! ¡Yo misma podía modificar el texto!
El hecho de que los funcionarios no hayan podido trabajar telemáticamente desde casa como el resto de sectores, ha puesto de manifiesto el retraso comparativo de Justicia con el resto de sectores. Y lo peor es que vamos tarde y el parón ha provocado un cuello de botella que a mi juicio traerá como consecuencia una crisis en Justicia comparable a la que estamos viendo en el sector sanitario.
6.- A su juicio ¿qué papel corresponde asumir a los jueces, fiscales y demás integrantes de la parte pública de la Administración de Justicia para propiciar ese cambio?
Como he dicho, el papel más importante es romper la barrera psicológica que impera en el sector. El otro día he visto en las redes un reportaje a una juez de guardia de los juzgados de Barcelona diciendo que con la celebración telemática “no se sentía juez”. Está claro que si los medios tecnológicos no funcionan correctamente resultan muy complicadas las actuaciones telemáticas pero la solución, a mi juicio, no es aceptar que la tecnología no ha llegado a Justicia y quedarnos como estamos sino todo lo contrario, reivindicar la revolución tecnológica y la justicia digital como única forma de superar el colapso que vive Justicia, un colapso que se verá agravado por la situación creada por el parón a consecuencia de la COVID-19.
7.- ¿Y por parte de los colectivos de abogados, procuradores y sus respetivos colegios profesionales?
Nuestro papel es primordial porque estamos en primera línea y conocemos los problemas reales. Yo tengo que agradecer expresamente a la Decana del Colegio de Abogados de Barcelona el apoyo que está demostrando a la justicia digital a pesar de las críticas. Algunos abogados se han posicionado en contra de la celebración de actos telemáticos alegando que se vulneran las garantías procesales. Está claro que será necesario un debate en el que podamos examinar que tipo de actos procesales pueden realizarse telemáticamente cuando se superen los tres meses posteriores a la finalización del estado de alarma (hasta ese momento está en vigor el art. 19 del RD 16/2020 de 28 de abril). Por ejemplo a mi juicio no veo razón que impida celebrar una audiencia previa para proponer pruebas telemáticamente, entrando en sala accediendo al link que nos envíe el juzgado y evitando largas esperas y desplazamientos. En materia penal por ejemplo los delitos leves. Son algunos ejemplos, si bien como digo será necesario abrir un debate para examinar las garantías procesales en todos los casos y combinarlas con la necesidad de modernizar la Justicia. Porque no olvidemos que una justicia lenta no es justicia. Y por tanto defender la justicia digital es también defender el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas , que es también un derecho fundamental reconocido en el art. 6.1. del Convenio Europeo de DDHH.
8.- Y para terminar, pensando en la gran mayoría de nuestros lectores y conforme a su experiencia ¿qué les aconsejaría profesionalmente en caso de que decidiesen emprender, o les correspondiese participar, en una vista telemática judicial
Entender que en este momento estamos ante una situación excepcional y que deben ponderarse los derechos fundamentales en juego, en este caso el derecho a la salud, ya no solo de los profesionales sino de los ciudadanos que acceden a justicia, y el derecho a las garantías de un proceso con todas las garantías, lo que requiere un esfuerzo por parte de todos.
Y por otra parte, aprovechar la experiencia para el futuro, y prepararnos para que si se producen en de nuevo situaciones similares todos estemos preparados para que justicia no se vuelva a bloquear. Porque un país con una justicia bloqueada es un país sin derechos ni libertades, los derechos y libertades que las generaciones anteriores conquistaron para nosotros y ahora tenemos la responsabilidad de mantener y garantizar.