El grupo vasco justifica la supresión de esta pena incluida en el Código Penal a través de la ley orgánica 1/2015 de 30 de marzo al considerar que no está "justificada desde razones de política criminal y por considerarla inconstitucional por varios motivos". En concreto, el PNV señala que la prisión permanente revisable "atenta" y "vulnera" varios artículos de la Constitución Española como el de dignidad de los seres humanos (art. 10), el de penas inhumanas y tratos crueles y degradantes (art. 15), el principio constitucional de legalidad (art. 25.1), el mandato constitucional de que las penas estén orientadas a la reeducación y reinserción social (art. 25.2) y, además, "rompe el consenso constitucional" de no establecer la cadena perpetua. Los proponentes también subrayan que con la prisión permanente "existen posibilidades de error judicial que sería irreparable".
Por su parte, tanto el texto alternativo de Ciudadanos como el del Partido Popular justifican sus propuestas de extensión de la prisión permanente revisable por la existencia de una demanda social de endurecer los castigos a los delitos más graves.
El texto del grupo Popular contemplaba ampliar los delitos a los que se puede aplicar a otros que también son "de extrema gravedad" pero no estaban previstos anteriormente. En concreto, la propuesta del PP pretendía extender la prisión permanente revisable a los delitos de "desaparición forzada de personas en su régimen más grave de secuestro con posterior asesinato; el asesinato con posterior ocultación del cadáver cometido por el autor, cuando haya provocado un especial sufrimiento físico o mental, o humillación en los familiares en tanto que asimismo víctimas del delito; la agresión sexual a cualquier persona, en su forma más grave de violación, cuando el autor ha sido condenado con anterioridad por al menos otros dos delitos de la misma naturaleza; la agresión sexual a menores de dieciséis años que al autor mantiene en situación de privación prolongada de libertad, o con imposición reiterada de graves sufrimientos físicos o ataques a su integridad moral; y los delitos de estragos, de incendios (entre ellos los forestales) y de liberación de energía nuclear o elementos radiactivos que generen resultados de muerte a más de dos personas".
En cambio, la propuesta de Ciudadanos no ponía el foco en los tipos de delitos sobre los que puede recaer la prisión permanente sino en la concesión de permisos penitenciarios y del tercer grado para los acusados con esta pena. Según Ciudadanos, la actual redacción de la norma provoca "una significativa laxitud" que permite a los acusados salir de prisión sin haber cumplido su pena, por lo que proponen que no se pueda acceder a permisos para salir de prisión hasta haber cumplido quince años de condena efectiva y el veto del tercer grado hasta el cumplimiento de un mínimo de veinte años. Además la propuesta de Ciudadanos contemplaba la modificación del artículo 78 bis del Código Penal para hacer más restrictivos los requisitos necesarios para que un condenado a varios delitos, siendo uno de ellos penado con prisión permanente revisable, pudiera acceder al tercer grado.
Por último, el texto alternativo de Ciudadanos también contemplaba un régimen "especialmente restrictivo" para condenados por delitos referentes a organizaciones y grupos terroristas y delitos de terrorismo.