El concurso de acreedores de personas físicas constituye un instrumento imprescindible para garantizar la segunda oportunidad de los deudores de buena fe
El Supremo vuelve a reiterar que es improcedente aplicar la prohibición de compensación de créditos del actual art. 153 TRLC a los créditos contra la masa
Papel de los tribunales al examinar si el solicitante está aplicando correctamente el instrumento legal o por el contrario está haciendo un uso del mismo contrario a Derecho