Hasta ahora las ratificaciones corresponden inicialmente a los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de cada territorio. La reforma además de traspasar estos asuntos a las salas de los TSJ permitirá establecer como preferente la tramitación estas autorizaciones, lo que acortará los plazos de decisión.
Para la portavoz de la APM, María Jesús del Barco, está claro que se necesita una redacción más clara del articulado de la ley que usan los jueces para resolver estos asuntos, que en principio estaba pensada para situaciones individuales como, por ejemplo, sería la de un paciente con una enfermedad infecciosa que se negara a ser ingresado en un hospital.
En todo caso la APM, antes de dar su aval definitivo a la reforma, esperará a conocer cómo se articula el ámbito de la competencia y sobre todo los recursos de los ciudadanos, a los que se priva de una instancia al residenciar estos asuntos directamente en los tribunales superiores. "Respetamos la división de poderes y por lo tanto lo que haga el legislador, que es lo que los jueces tendremos que aplicar, pero esperamos que no se ponga un parche", ha manifestado a Europa Press.
Según el Ministerio esta propuesta normativa se articularía, previo acuerdo con los Grupos Parlamentarios, mediante una enmienda al proyecto de Ley de medidas procesales y organizativas para hacer frente al Covid-19 en el ámbito de la Administración de Justicia.
Proyecto ya en el Senado
Dicho proyecto se encuentra ahora mismo en trámite de enmiendas en el Senado y tras su aprobación en esta Cámara, pasará al Congreso para ser ratificado, lo que permitiría su entrada en vigor en un plazo muy breve.
Para Ascensión Martín, de JJpD, los proponentes de la reforma creen que los TSJ tendrán criterios "con mayor previsibilidad del resultado". El plazo reducido para las resoluciones les parece muy oportuno, así como el hecho de que sea un órgano colegiado y no formado por un juez individual el que resuelva estos asuntos, al afectarse a derechos fundamentales. "De todas formas hasta conocer, reitero el texto definitivo, éstas son solo unas primeras impresiones", ha manifestado a Europa Press.
Por su parte Jorge Fernández Vaquero, portavoz de FdV, ha señalado a Europa Press que lo importante es que exista un control judicial efectivo de las medidas que limitan o restringen derechos fundamentales, y no es tan relevante si este control lo efectúan los jueces de lo contencioso-administrativo o las Salas de los Tribunales Superiores de Justicia.
"Entre otras cosas, estas últimas ya tienen funciones en materia de derecho de reunión -ha añadido-. Por lo tanto no vemos ningún inconveniente en principio en que el control de medidas de alcance general corresponda a estas salas".