El origen de la sanción está en un denuncia de la Policía Local de Torrelavega por el incumplimiento de los horarios de cierre los días 5, 10 y 29 de diciembre de 2010, y 4 y 5 de febrero de 2011.
El establecimiento permanecía abierto al público en las citadas fechas hasta las 4:50 horas de la madrugada aproximadamente, con clientes en su interior, cuando el horario máximo de cierre de este tipo de establecimientos es a las 3:30 horas desde el 1 de octubre al 31 de mayo, y las 4:30 horas desde el 1 de junio al 30 de septiembre.
Los hechos objeto de este procedimiento son tipificados por la Ley Orgánica 1/1992 sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, como infracciones graves, ya que anteriormente en el plazo de un año, había sido sancionado por la comisión de más de dos infracciones. La citada norma establece que las infracciones graves podrán ser sancionadas con multa de 300 a 30.000 euros, suspensión temporal de las licencias o autorizaciones o permisos hasta seis meses, o clausura del establecimiento hasta seis meses.
El titular del establecimiento ha sido sancionado con multa de 1.000 euros por cada una de las cinco infracciones graves cometidas los días 5, 10 y 29 de diciembre de 2010 y 4 y 5 de febrero de 2011, ascendiendo la suma total de las sanciones a 5.000 euros. Contra esta resolución cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes.