Para que las nuevas medidas de conciliación sean de aplicación inmediata para el personal militar, y pueda así disfrutar sin dilación de los mismos derechos que el personal civil de la Administración General del Estado, se han elaborado y difundido unos criterios que permiten que el militar se acoja a los nuevos permisos mientras culmina la tramitación de la norma.
Entre las nuevas medidas destaca la ampliación del permiso por accidente o enfermedad grave a todos los convivientes, eliminándose además la distinción hasta ahora existente en cuanto al número de días de disfrute según la localidad de residencia.
También es objeto de ampliación el derecho a la reducción de jornada por cuidado de hijo enfermo con cáncer, pudiendo extender este derecho desde los 23 años a los 26 en los supuestos de discapacidad igual o mayor al 65%.
El permiso de matrimonio se extiende a los casos de formalización de parejas de hecho, permitiendo que estas parejas también puedan disfrutar de los 15 días de permiso.
Además, con la finalidad de garantizar la igualdad real y efectiva de las "personas trans" en materia de conciliación, se equiparan los derechos de éstas a los de la "madre biológica" y "militar embarazada".
En la misma línea de favorecer la conciliación familiar se incluye el nuevo permiso parental de 8 semanas para cuidado de hijo, hija o menor acogido menor de 8 años, cuya aplicación se llevará a cabo para el personal militar en los mismos términos que resulten de aplicación para el personal civil de la Administración General del Estado.
Junto a lo anterior, el Ministerio de Defensa emitió el pasado 5 de julio un criterio que favorece la integración laboral del personal militar de tropa y marinería que está próximo a finalizar su compromiso, permitiendo a dicho personal acogerse a la exoneración de la realización de guardias y servicios de veinticuatro horas hasta completar la realización de dos cursos académicos completos.