Capítulo I. Medidas procesales (arts. 1 y 2)
Establece la tramitación preferente, hasta 31 de diciembre de 2020, de determinados procedimientos en el orden social, civil y contencioso-administrativo directamente surgidos de la crisis sanitaria por la COVID-19, así como de aquellos que se han visto afectados por las consecuencias de la misma. Entre ellos cabe destacar la tramitación mediante la modalidad procesal de conflicto colectivo que reviste un carácter urgente y la tramitación preferente de la impugnación de expedientes de regulación temporal de empleo a que se refiere el artículo 23 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo.
Capítulo II. Medidas concursales y societarias (arts. 3 a 13)
Se añade otras medidas para mantener la continuidad económica de las empresas, profesionales y autónomos, entre las que destacan:
- Modificación del convenio concursal: Hasta el 14 de marzo de 2021 inclusive, el concursado podrá presentar propuesta de modificación del convenio que se encuentre en periodo de cumplimiento.
- Aplazamiento del deber de solicitar la apertura de la fase de liquidación: Hasta el 14 de marzo de 2021 inclusive, el deudor no tendrá el deber de solicitar la liquidación de la masa activa cuando conozca la imposibilidad de cumplir con los pagos comprometidos.
- Acuerdos de refinanciación: Hasta el 14 de marzo de 2021 inclusive, el deudor que tuviera homologado un acuerdo de refinanciación podrá modificar el acuerdo que tuviera en vigor o alcanzar otro nuevo. Hasta el 31 de octubre de 2020 inclusive, el juez dará traslado al deudor de cuantas solicitudes de declaración de incumplimiento del acuerdo de refinanciación se presenten por los acreedores
Se trata de evitar declaraciones de concurso o apertura de la fase de liquidación respecto de empresas que pueden ser viables en condiciones generales de mercado, con la consiguiente destrucción de tejido productivo y de puestos de trabajo.
Capítulo III. Medidas de carácter organizativo y tecnológico (arts. 14 a 23)
Amplía la aplicación temporal de las medidas aprobadas por el RDL 16/2020 hasta el 20 de junio de 2021. Así, destacan.
- Celebración de actos procesales preferentemente mediante la presencia telemática de los intervinientes. En Penal se exceptúa en los supuestos de procedimientos por delitos graves.
- Limitación del acceso del público a todas las actuaciones orales atendiendo a las características de las salas de vistas.
- Sistema de atención al público por videoconferencia, vía telefónica o a través del correo electrónico habilitado a tal efecto.
También se prevé la creación de unidades judiciales para el conocimiento de asuntos derivados del COVID-19 y se establece la posibilidad de que los letrados de la Administración de Justicia puedan, durante el periodo de prácticas, realizar funciones de sustitución o refuerzo, entre otras medidas.
Además, establece jornadas de trabajo de mañana o tarde, evitando con ello la coincidencia de todo el personal en las mismas horas, lo que permitirá la celebración de juicios y vistas no solo en horario de mañana, sino también durante las tardes.
Derogaciones y modificaciones
- Deroga el RDLey 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia.
- Deroga el artículo 43 RDLey 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
- Añade una nueva disposición adicional sexta, sobre sesiones telemáticas, a la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales
- Modifica varios artículos la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, con el fin de reordenar las competencias.
También sufren modificaciones:
- Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.
- Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia.
- Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
- Ley 7/2017, de 2 de noviembre, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
- Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
- Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo.